Por Óscar Verdín Camacho


La acusación contra Andrés Guzmán Cervantes, por el delito de acoso sexual, concluyó con el otorgamiento del perdón de la parte ofendida.

Sin embargo, en torno a ese caso han surgido distintas versiones, principalmente sobre la posible presión laboral hacia el papá de la agraviada, ya que trabaja en la empresa Coca-Cola, donde Guzmán era dirigente sindical.

De acuerdo con empleados de Coca-Cola que pidieron el anonimato, el caso de Guzmán Cervantes ha significado una llamada de alerta tanto para la parte administrativa como para la sindical.

Andrés Guzmán fue capturado el pasado 24 agosto por policías de la comandancia de Aprehensiones de la Agencia Estatal de Investigación de la Procuraduría General de Justicia (PGJ), dependencia que además emitió un boletín sobre el asunto, con fotografía del sujeto.

A raíz de la detención, trabajadores sindicalizados señalaron que no era la primera ocasión que Guzmán acosaba a muchachas que pretendían laborar en Coca-Cola o que, incluso, ya trabajaban ahí.


EXPEDIENTE 38/2010


La orden de aprehensión contra Guzmán Cervantes –hermano de Chema Guzmán, ex dirigente estatal de la Confederación Nacional de Trabajadores (CTM)- fue dictada por el Juzgado Mixto de Xalisco, dentro del número de expediente 38/2010.

Familiares de Guzmán interpusieron de inmediato un amparo contra cualquier acto de incomunicación, mismo que posteriormente sobreseyó, puesto que su detención obedecía a un mandato judicial.

En el citado expediente es narrada la forma en que Guzmán Cervantes conoció y habría acosado sexualmente a una joven de 21 años que intentaba ingresar a laborar a Coca-Cola.

No había vacante disponible, pero el dirigente sindical le ofreció un espacio en su oficina de la CTM, en las calles Zaragoza y Juan Escutia, para que supuestamente pudiera practicar distintas tareas y luego, le dijo, a la menor oportunidad la apoyaría para ingresar a la embotelladora.

Sin embargo, la joven apenas aguantó dos días el acercamiento que pretendía Guzmán, a quien inmediatamente denunció ante la Procuraduría General de Justicia (PGJ), respaldada por su familia.

Semanas después fue girada la citada orden de aprehensión.


Y SOBRESEE


Puesto que el delito de acoso sexual no es considerado grave por las leyes penales –como lo son el homicidio, el secuestro, entre otros-, Guzmán Cervantes recuperó la libertad mediante el depósito de una fianza, aunque de cualquier forma el Juzgado Mixto de Xalisco le dictó auto de formal prisión.

Ya sujeto a proceso, Guzmán negó los cargos, al mismo tiempo que surgían señalamientos de que no era la primera ocasión que acechaba a mujeres jóvenes que buscaban trabajo.

Sin embargo, contra lo generalmente normal, no se conoce que haya sido interpuesto algún amparo para combatir el auto de formal prisión.

Por el contrario, se entiende ahora, hubo acercamientos con la ofendida y sus familiares con el fin de que fueran retirados los cargos, como finalmente sucedió hace unas semanas.

De acuerdo con datos obtenidos, se prometió al papá de la agraviada que no tendría repercusiones laborales de ningún tipo, e incluso se le habría cambiado de área de trabajo.

Y es que la urgencia por solucionar el aspecto legal de Guzmán Cervantes no sólo le urgía a éste, sino a la propia empresa Coca-Cola, puesto que el caso fue conocido a niveles más altos de la compañía de refrescos.

Con el otorgamiento del perdón legal, el Juzgado Mixto de Xalisco ya dictó el sobreseimiento del juicio, es decir su conclusión, puesto que es un delito que se persigue a petición de la parte ofendida, no de oficio.

Pero a pesar de que Andrés Guzmán Cervantes no quedó con antecedente penal, es un hecho que ni por asomo volvería a ser el dirigente sindical de los trabajadores de Coca-Cola, que de por si ya le recriminaban estar más a favor de la empresa que de ellos mismos.

Con la determinación del juez de primera instancia, Guzmán seguramente solicitará a las autoridades competentes que sean retiradas las distintas fichas levantadas con motivo de su captura, por ejemplo en la Agencia Estatal de Invitación o en la propia penal, a su ingreso.