Por Brígido Ramírez Guillén / Decano del periodismo en Nayarit
No es nada nuevo, ni de hoy, el repudio a las Compensaciones Vitalicias a los Ex.-Gobernadores del Estado de Nayarit, sino que desde que Celso Humberto Delgado Ramírez envió su iniciativa de Decreto al Congreso local y aprobada con su promulgación, las reacciones de inconformidad se sintieron en aquel tiempo, diciembre del 1992, tanto en los medios con en algunos sectores de la sociedad, ya sin ningún efecto, pues todo se había oficializado y se tendría que cumplir con una erogación de las arcas públicas equivalente a seiscientas veces el salario mínimo general vigente en la entidad. Los gobernadores que ya habían cumplido sus funciones y se favorecían por el Decreto número 7569 eran Julián Gascón Mercado, Roberto Gómez Reyes, Rogelio Flores Curiel y se ampliaría a los subsiguientes ex gobernadores, siempre y cuando hubieren cumplido los sesenta años. En sus sexenios los mandatarios estatales percibieron sus sueldos, por cierto muy jugosos, y una serie de prestaciones que se consideraron legales, pudiendo llevar una vida decorosa con todo y sus familias. ¿Había otros ingresos extras, ya no tanto legales, que hicieron ricos a algunos de ellos?.... No digamos que uno que otro gobernante salió millonario después de su mandato, pero sí con su capital para vivir bien en los años siguientes. Hubo una excepción aceptada por la mayoría de los nayaritas en Roberto Gómez Reyes que pasó a su vida privada pobre, sin riqueza mal habida, primero como asesor presidencial en una humilde oficina de Palacio Nacional y después desempeñando un trabajo de segundo orden en el gobierno estatal en la dirección de Turismo. Y así murió pobre el principal autor de los Planes de Desarrollo de la entidad, puestos en práctica con mucho éxito, que aún se sienten sus efectos positivos en el ramo turístico. Celso Humberto Delgado Ramírez centró sus ideas en el otorgamiento de la Compensación Vitalicia a los ex -gobernadores, tal vez pensando que pronto se sumaría a los Ex y en el mérito a sus servicios y en respuesta a su desempeño de lealtad y probidad institucional. Rigoberto Ochoa Zaragoza en 1996, por medio de su iniciativa de Decreto, aprobada por el Congreso, hizo extensiva la Compensación Vitalicia en favor de las esposas de los ex gobernadores que fallezcan, en reconocimiento al trabajo que desarrollaron sobre protección y fomento a la asistencia social del Estado. Es en el gobierno de Antonio Echevarría Domínguez cuando presenta al Congreso Estatal la Iniciativa del Decreto, y se aprueba, en que se abrogan los Decretos publicados en el Periódico Oficial relativos al otorgamiento de Compensación Vitalicia a los ex -gobernadores del Estado de Nayarit y a sus esposas cuando éstos fallezcan Fue muy claro el decreto número 8231 promulgado por el gobierno de Antonio Echevarría en que se asienta las Compensaciones Vitalicias no se cubrirán a persona alguna a partir de esta fecha (27 de septiembre de 1999) no afectándose los derechos de quienes ya están recibiendo dichos beneficios ¿En qué se fundó la iniciativa de Decreto de Echevarría?... La exposición de motivos estuvo enmarcado en lo siguiente: Es un alto honor para cualquier ciudadano del Estado desempeñar el cargo de gobernador del mismo, el cual es el más elevado de la Administración Pública Estatal; además quién lo ocupe debe tener una verdadera y desinteresada vocación de servicio A pesar de lo expuesto, dicho cargo, durante su desempeño, es dignamente remunerado Por las anteriores razones y toda vez que no existe ninguna que desinteresadamente sostenga lo contrario, es que, ante esa H. Legislatura Estatal, someto la presente iniciativa que tiene por objeto cancelar definitivamente las competencias vitalicias de los ex gobernadores y de sus esposas cuando estos fallecen además de las anteriores, existen otras justificaciones Las apremiantes necesidades de los nayaritas asientan el gasto del gobierno que me honro en dirigir, a resolverlas; hacer lo contrario sería irresponsable e incongruente con los compromisos que me fijé a ocupar el cargo de gobernador constitucional del mismo Aún cuando el alto cargo de gobernador es un honor para quien lo desempeña y una oportunidad para demostrar, en los hechos, la vocación de servicio que se requiere, no es mi convicción que fuere gratuito su desempeño, sin embargo, sí considero injusto e inequitativo con respecto a la población nayarita, que quienes, habiendo ostentado dicho, cargo percibiendo la digna y decorosa remuneración correspondiente, continúen mermando la hacienda pública estatal cuando han terminado su periodo y más aún, cuando han fallecido y, en su caso, la pensión la percibe su viuda Esa erogación representa para el Estado (en ese tiempo) una cantidad anual de un millón ochenta y tres mil quinientos veinte pesos, que bien pusieran aplicar a otros rubros de la administración pública que redunde en beneficio de todos los nayaritas, como sería obra pública, programas de asistencia social o mejorar los niveles de educación Lo anterior fueron párrafos de la exposición de motivos de la iniciativa de Decreto Podemos agregar ese Decreto en su promulgación fue firmado por el Secretario General de Gobierno en funciones del titular del Poder Ejecutivo del Estado, Ernesto Navarro González y por el Subsecretario General de Gobierno en funciones de Secretario General, Guadalupe Acosta Naranjo Hasta la próxima. * Decano del periodismo.