Adiós a 21 millones del Ayuntamiento; sobresee amparo

* La sentencia de un juez federal precisa que el dinero que se reclama fue entregado a trabajadores municipales en noviembre del 2015, resultando imposible su recuperación.

20 / Abril / 2016

Por Oscar Verdín Camacho

El amparo que a finales del 2015 interpuso el Ayuntamiento de Tepic, para intentar recuperar 21 millones 713 mil pesos que fueron dispuestos de una cuenta bancaria por decisión del Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCA), ha sido sobreseído por el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo.

La sentencia del juez federal Alfredo Barrera Flores precisa que el sobreseimiento se debe a que se trata de actos consumados; es decir, que el dinero embargado de una cuenta en Banorte, en noviembre del 2015, ya fue entregado a trabajadores que en el año 2006 interpusieron una demanda laboral, por lo que es imposible su recuperación.

Como es del dominio público, la administración municipal reclamó el retiro del dinero porque se trataba de recursos de participaciones federales y por lo tanto no embargables, mientras que el TCA argumentó que no se le hizo saber tal situación antes de que se dispusiera de los 21 millones de pesos.

En efecto –explica la sentencia del amparo 2007/2015-, si bien es cierto la parte quejosa reclama al presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje (), el proveído de nueve de octubre de dos mil quince dictado en el juicio laboral 67/2006, mediante el cual autorizó el embargo o inmovilización de la cuenta bancaria 0402245379 que el Ayuntamiento quejoso tiene en el Banco Mercantil del Norte (), Grupo Financiero Banorte; también lo es, que del análisis de la documentación certificada que el presidente del mencionado Tribunal acompañó a su informe justificado, se advierte que mediante acuerdo de veintiséis de noviembre de dos mil quince dictado por dicha responsable en el aludido expediente 67/2006 (), ordenó girar oficio a la multicitada institución bancaria, a efecto de que se procediera al desbloqueo de la cuenta bancaria 0402245379 (), institución de crédito que mediante diverso comunicado sin número de dos de diciembre del año próximo pasado, informó al Tribunal de referencia, que se procedió a desbloquear la cuenta bancaria en comento.

Lo anterior, sin que pase desapercibido para este juzgador federal que la entrega de cheques ya estaba materializada.

El juez Alfredo Barrera Flores precisó que de acuerdo con las constancias del caso, la entrega de los cheques se efectuó entre el 23 y 25 de noviembre, por lo que, en consecuencia, no resulta física ni materialmente posible volver las cosas al estado que guardaban

Un segundo amparo relacionado con el asunto, número 2050/2016, también fue sobreseído. El Ayuntamiento de Tepic interpuso un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado, aunque pidió que sea remitido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como aparentemente también sucederá con el juicio anteriormente narrado. Así pues, todavía no se trata de sentencias definitivas.

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