CON PRECAUCIÓN: Imputados en vez de acusados

Por Sergio Mejía Cano

25 / Abril / 2016

En las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit, situadas por la calle Puebla esquina con Abasolo, se llevó a cabo un taller de capacitación para periodistas para comprender en lo que cabe el nuevo Sistema de Justicia Penal, en donde el siempre atento licenciado Francisco Flores Soria, director de Comunicación Social de dicho tribunal, recibió a los asistentes a dicho taller, presentando a los expositores, la licenciada Lizbeth Pérez y el periodista Omar Sánchez de Tagle, quienes han estado en otras entidades ofreciendo esta capacitación.

De entrada se puso énfasis en que este nuevo sistema penal acusatorio difiere en mucho al anterior que es en sí inquisitivo, por lo que en el nuevo sistema deberá prevalecer la presunción de inocencia de los imputados, que ya no se podrán llamar acusados o indiciados; y una de las grandes diferencias radica en que el nuevo sistema será oral, es que se eliminará la mayor parte del papeleo como se trabaja actualmente.

Se entiende que con la presunción de inocencia, siempre presente en el proceso penal acusatorio así como el derecho a la privacidad y a la intimidad de los involucrados, estará más que presente debido a que sus nombres no podrán ser mencionados en la prensa tanto escrita como electrónica, evitará en cierta medida el llamado amarillismo que se da en algunos medios dedicados a la información policíaca, ya que ni siquiera los boletines de prensa de las dependencias de la fiscalía podrán mostrar imágenes o datos comprometedores para los imputados y por supuesto de las víctimas; y no como se ha estilado últimamente en que se ha hecho costumbre que en cuanto se apresa a un supuesto delincuente ya se le tacha por lo regular como culpable presentándolo ante los medios con fotografía y datos personales, cosa que en el nuevo sistema penal acusatorio y oral quedará eliminada esta práctica.

Este taller en sí, estuvo enfocado para que los periodistas, no nada más los que manejan la nota policiaca, sino hasta los que escriben columnas o artículos no vayan a incurrir en alguna mención que posteriormente los perjudique debido a una demanda por difamación, porque se podría dar el caso de que se mencione anticipadamente a un imputado como culpable sin haber concluido su juicio en el que a fin de cuentas resultó inocente o hubo algún malentendido, así se tenga como un hecho de que el imputado sí se haya visto involucrado en lo que se le acusa, porque serán los jueces los que habrán de determinar su culpabilidad o inocencia y no los medios. Y en caso de que a algún periodista le quede alguna duda sobre la sentencia dictada, podrá solicitar la carpeta digital del asunto en cuestión hasta diez días de concluido el juicio. Y esta tarjeta digital se dará debido a que todos los juicios tendrán que ser grabados tanto de imagen como de audio en el preciso instante en que se esté llevando a cabo el juicio correspondiente, que en su mayoría será mediante audiencia pública, con la salvedad de que habrá juicios que por la naturaleza y posible gravedad de la acusación, algunas de las veces dichas audiencias tendrán que ser privadas; y es aquí en donde posteriormente los periodistas que quieran informar sobre uno o varios de estos casos privados, será hasta después de diez días al término de la audiencia, en que podrán tener acceso a la información para su debida documentación en los medios.

Se ha dicho desde siempre que La ignorancia de las leyes no se aceptará como disculpa, por lo que después del 18 de junio del presente año, fecha en que habrá entrado en vigor definitivamente en todo el país este nuevo Sistema Penal Acusatorio y Oral, ya no habrá manera de citar en los medios de cualquier tipo datos personales e imágenes de los imputados, a quienes tampoco se les podrá decir acusados, presuntos culpables o supuestos involucrados en algún hecho, precisamente porque tiene que prevalecer en todo momento la presunción de inocencia y, hasta que no se le compruebe lo contrario mediante el procedimiento del juicio correspondiente, quien lo declare culpable en los medios sin que así lo hayan determinado los jueces, podría incurrir en un agravante que lo conduzca a ser demandado por el imputado desde antes de que termine el juicio.

Así que habrá que regirse de acuerdo en estas nuevas disposiciones que en sí protegen a quienes se vean involucrados en un hecho delictivo, ya sea como víctimas o victimarios. Pero en fin. Sea pues. Vale.