Luz verde: registran niño con apellido materno de papá y paterno de mamá

27 / Enero / 2017

Por Oscar Verdín Camacho

Fue rápido.

Un niño que nació en septiembre del 2016 en Tepic, se habría convertido en el primero en Nayarit que es registrado con el apellido materno de su papá y el apellido paterno de su mamá, precisamente a solicitud a sus padres que debieron tramitar un juicio de amparo.

El caso del bebé ha abierto la posibilidad para que otras parejas decidan en circunstancias similares, especialmente cuando se presentan historias de abandono y maltrato de padres a sus hijos y no existe una identificación.

La resolución de amparo, publicada por este medio en la primera semana de enero reciente, fue emitida por el juez Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo Rogelio Alberto Montoya Rodríguez y deja constancia de un aspecto importante: ni siquiera se detuvo en analizar una parte de la explicación en la demanda sobre el por qué existía una situación para que el niño lleve el apellido materno de su papá.

Esa parte permite deducir que en futuros juicios de garantías no será necesario entrar a detalles, generalmente dolorosos en las familias, por ejemplo de hijos registrados por sus padres biológicos pero posteriormente abandonados y cuya formación corre por cuenta de la mamá u otros familiares, sino sencillamente plasmar la decisión de una pareja sobre el orden de apellidos que desean para sus hijos.

El fallo del Juzgado de Distrito determinó la inconstitucionalidad del artículo 58 del Código Civil del Estado de Nayarit que, entre otras partes, señala que el acta de nacimiento de una persona contendrá el nombre propio que se le imponga y el primer apellido de los progenitores

Contrario a ello y como ya se hizo público por este reportero, la sentencia federal explicó:

Así, puede decirse que los padres tienen el derecho de nombrar a sus hijos sin injerencias arbitrarias del Estado. Este derecho no sólo implica el nombre personal de sus hijos, sino establecer el orden de sus apellidos.

Y añadió:

tradicionalmente el orden y uso de los apellidos ha denotado una posición de poder y estatus. Así, puede sostenerse que el privilegiar el apellido paterno persigue mantener concepciones y prácticas discriminatorias en contra de la mujer. Tal objetivo es inaceptable desde el derecho a la igualdad de género

La sentencia puntualizó que no implicaba anular las normas tildadas de inconstitucionales, en este caso el artículo 58 del Código Civil, por lo cual el Congreso del Estado no presentó recurso de revisión contra el fallo.

Así, al quedar firme la resolución del Poder Judicial Federal, hace unos días se pidió a la dirección del Registro Civil de Tepic que procediera al registro del niño, que ya lleva el apellido materno de su papá y el apellido paterno de su mamá.

Según se conoce, el caso ha motivado que otras parejas que hace unas semanas consultaron la primera nota periodística, se hayan interesado en el tema con la posibilidad de ponerlo en práctica en sus hijos.