Derechos de paternidad no están por encima del interés superior del menor, coinciden juzgadores

24 / Febrero / 2017

Fuera de matrimonio, una pareja procreó un hijo, quien después fue registrado por la madre y una persona distinta del padre biológico; no obstante, éste trató al hijo como tal y convivió con él desde pequeño; incluso, para ayudar en su sostenimiento entregaba dinero a la madre.

Cuando el menor tenía seis años de edad, inició un juicio para que se le reconociera legalmente como padre biológico y su derecho a convivir, con ese carácter, con el hijo procreado; el menor vivía entonces con la madre y con quien lo registró como suyo.

Eso sucedió en Jalisco, donde en primera y en segunda instancia se le concedió la petición al padre biológico, por lo cual la madre y quien lo registró formalmente como padre iniciaron una ruta legal que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuya Primera Sala confirmó los derechos del promovente.

La respectiva sentencia, relacionada con el amparo directo número 10/2011, fue analizada en público este jueves por los integrantes de la ponencia del magistrado Rafael Pérez Cárdenas, presidente de la Sala de Jurisdicción Mixta del Tribunal Superior de Justicia de Nayarit.

En lo que significó el reinicio del Taller de Análisis de Sentencias Relevantes en el auditorio Rey Nayar del Tribunal Superior, Pérez Cárdenas señaló que la mencionada resolución de la Suprema Corte es ilustrativa porque implicó un eficiente control de legalidad pero, sobre todo, porque hizo justicia, atendiendo el interés superior del menor.

Precisó que si bien se otorgó el amparo y protección de la justicia federal al padre biológico, la Primera Sala de la Corte dispuso que las autoridades correspondientes realizaran un exhaustivo estudio para determinar una posible afectación al desarrollo psicosocial del menor por convivir con el amparista como padre e hijo, pues si bien existían antecedentes de convivencia no se demostró que el pequeño supiera que aquel adulto lo había procreado.

En el mismo sentido, la Corte ordenó a la respectiva sala del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco que dictara una nueva sentencia cuya ejecución no ocasionara un daño psicológico al menor.

Durante la sesión de análisis de este jueves, en forma complementaria, se mencionó un caso de Nayarit resuelto por la Sala de Jurisdicción Mixta del Tribunal Superior, en que un joven, tras cumplir la mayoría de edad, promovió un juicio de acuerdo con su padre biológico para que se reconociera a éste dicho carácter y se hiciera una exclusión de paternidad, pues siendo menor de edad fue registrado por su madre y la pareja de ésta.

En tal caso, explicaron, no hubo litigio, pues desde mucho antes el hijo sabía quién era su padre biológico, convivía con él y la otra parte del juicio no opuso excepciones a su pretensión.

Las mencionadas resoluciones motivaron numerosos comentarios y preguntas del público, especialmente de juzgadores de primera y segunda instancia; entre las decenas de asistentes se encontraban abogados en el ejercicio libre de la profesión y estudiantes de derecho.

Como expositores participaron junto al magistrado Pérez Cárdenas, los secretarios de estudio y cuenta Claudia Gudnara Villegas Pérez, Isael López Félix y María de los Ángeles Flores Ruelas, así como la oficial judicial Claudia Alfaro Bolaños.

En breve se dará a conocer la fecha de la próxima sesión del Taller de Análisis Relevantes a celebrarse en el auditorio Rey Nayar del Tribunal Superior de Justicia.