LA CREME: EL CALVARIO DE BUSCAR JUSTICIA

Norma Cardoso

25 / Septiembre / 2017

Cada que un hombre mata a su pareja, esposa o novia, la mayoría de las ocasiones, desde antes, ya se tenía conocimiento por parte de algún familiar o amiga, que la mujer sufría de violencia ya fuera física y/o psicológica y/o sexualmente, o cualquier otra forma de violencia hacia la mujer.

Por más programas de gobierno o particulares que mencionen sobre qué hacer en caso de violencia hacia la mujer, la verdad que poco hacen las autoridades ya en la práctica para proteger la integridad de la mujer.

Hace unos meses, una mujer, que llamaremos Esther, decidió divorciarse de su esposo, por causas que no mencionaremos, pues ya existe el divorcio sin expresión de causa, ese que con solo una de las partes quiera divorciarse es suficiente.

Se presentó la demanda ante la oficialía de parte del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit, ubicado en la calle Zacatecas casi esquina con Juárez y quien su presidente es el doctor Pedro Antonio Enríquez Soto.

Su demanda recae en uno de los Juzgados Familiares de la ciudad de Tepic, Nayarit.

El esposo de la señora, al darse cuenta, que ella había iniciado con el trámite de divorcio, éste, que aún vive en el domicilio conyugal, no le pareció y la empezó agredir verbalmente, psicológicamente, y prácticamente como se dice comúnmente hacerle la vida de cuadritos; si está cinco horas o más en casa, ese tiempo se la pasa agrediéndola psicológicamente.

lo anterior, se lo dijo a la Secretaria de Acuerdo, del juzgado que le tocó, para que le tomara su testimonio y se determinaran unas medidas cautelares, tal como se señala en el Código relativo; sin embargo, la secretaria dijo que tenía mucho trabajo y que además iba a salir, que mejor se lo dieran por escrito.

Se pasó con el juez y fue lo mismo y además dijo que, si no había violencia física con lesiones, no era suficiente para que el señor saliera de su hogar.

No es suficiente con que le digan al juez lo que pasa, sino no ha habido violencia física, si no la han golpeado a usted, eso no es suficiente- dijo el juez, por increíble que parezca.

Se le hizo el escrito y se presentó.

Esa noche, el señor, ahora demandado, golpeo a su menor hija, le dio una bofetada.

Al día siguiente se presentó en el juzgado y se dijeron los hechos al juez, y quien dijo que para él esos dichos no eran suficientes, como para determinar como medida cautelar urgente que el señor se salga de la casa, aun cuando se le dijo que el señor tenía una casa propia donde se podía ir y la casa donde habitaban es de la señora. A mí me tienen que traer una denuncia de la Fiscalía, para ver si con eso, que para mí es prueba plena, determino la separación del domicilio conyugal, indicó el juez.

¿Y el interés superior de la menor, señor juez?

Y efectivamente, después de varios días, las medidas cautelares que se supone son urgentes, en la práctica no lo son, aun cuando su palabra lo dice y el Código relativo a este tipo de procedimientos, menciona que en 24 horas, el juez determinará las órdenes de protección conducentes, no es así, son más tardadas. La medida cautelar que le señaló el juez fue un apercibimiento al señor, que se abstuviera de agredir a la señora y su hija, apercibimiento que no fue recibido por el señor, o sea ni enterado está y sigue con las agresiones.

Para las autoridades, la violencia psicológica no es importante, quieren ver a uno como mujer ensangrentada para determinar una acción de protección.

Entonces, para llevarle la prueba plena, para que dicte el juez que el agresor desocupe el domicilio familiar, fue otro calvario.

Al llegar al Módulo de Atención de la Fiscalía, la gran mayoría de las personas que atienden son amables, excepto una que otra. Y la de malas, a Esther le tocó una de estas últimas; una mujer de pelo teñido de rubio, mal encachada, con una mala actitud al tratar a la gente, que al parecer no sabe diferenciar que quien va a denunciar es la víctima, no el delincuente, pues es tratada como tal por parte de esta servidora pública.

Aquí fue igual, en cuanto le preguntaron el delito a denunciar y dijo que violencia familiar, le dijo la MP que al agresor no lo detendrían porque no había sufrido agresiones físicas y en este caso, la mujer debe de irse a vivir a otro lado.

Y nos preguntamos ¿A quién defienden? ¿De qué lado están las autoridades?

La menor, como no sufrió lesiones en el momento del golpe solo la piel quedó colorada por unas horas, ya no fue necesario pasarla al médico legista y la psicóloga ya se había ido.

Como todo expediente de violencia familiar, el de la señora Esther fue remitido al Centro de Justicia Familiar, donde, por cierto, ya hay nueva titular, que es la Doctora Mabi Urania Silva Guzmán, con quien muy seguramente hará cambios en el personal que no le gusta hacer su trabajo.

Lo anterior, lo decimos porque, una vez que ya se encontraba el expediente con la agente del Ministerio Público, se pasó con ella; igual, una persona insensible, que ya no sabe quien cometió el delito si la señora que fue agredida o el agresor, por la forma en que atendió a la señora, con la pena que cargan y soportar esos tratos.

En ese lugar se requiere personal amable, sencillo, capacitado para este tipo de asuntos, ojalá que pronto cambié para bien, pues así son tratadas las mujeres, violentadas en casa y violentadas por las instituciones.