Chocan ¡otra vez! Fiscalía y Poder Judicial por corrupción de Ney González

* Magistrados de Segunda Sala Penal explican que sí hubo omisiones de Juzgado Penal en sentencia absolutoria por peculado de más de ocho millones de pesos, pero que agravios del Ministerio Público fueron deficientes.

27 / Junio / 2018

Por OSCAR VERDÍN CAMACHO

El expediente 495/2013 del Juzgado Primero Penal de Tepic se convirtió en un monumento a la sospecha, a ese paso a paso que va despejando dudas y termina por reafirmar la sucia protección institucional en un caso de corrupción que salpica al ex gobernador del estado Ney González Sánchez y a quien fue su secretario de Administración Florencio Román Messina, pero que únicamente se concentró en José Manuel Encarnación Delgadillo, ex director de Administración de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, y que a la vuelta del tiempo termina en nada porque ha sido absuelto en definitiva de un delito de peculado por ocho millones 382 mil 631.54 pesos.
En efecto, en la última semana del reciente mes de mayo, la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó, con votación unánime de los magistrados Ismael González Parra –presidente de la Sala y ponente del estudio-, Raúl Gutiérrez Agüero y Miguel Ahumada Valenzuela, la sentencia absolutoria dictada hace un año por el Juzgado Penal a favor de Encarnación Delgadillo.
La Sala Penal resolvió el número de toca 33/2018, calificando de ‘inoperantes’ los agravios presentados por la agencia del Ministerio Público en representación de la Fiscalía General del Estado (FGE), que solicitaba una sentencia condenatoria contra el ex funcionario.
Según el fallo de los citados magistrados, sí existieron deficiencias por parte del Juzgado Primero Penal, pero los agravios ministeriales no tuvieron peso.
Así se explicó:
En tal razón, y del estudio integral del expediente que integra la causa, no pasa inadvertido para este órgano jurisdiccional, que existen omisiones por parte del juez de origen, respecto a las conductas y los medios de prueba que integran el proceso, que debieron ser analizados por el juez penal de origen, que pudieron haber llevado a una determinación diferente como la que aquí se analiza, sin embargo, ante la deficiencia de la impugnación y la no confrontación eficaz por parte de la representación social, éste tribunal de alzada se encuentra limitado al análisis de sus agravios, mismos que deben ser de estricto derecho, pues, este órgano jurisdiccional no puede suplir la deficiencia de la queja ()
Es decir, los alegatos que realiza la Representación Social, sólo se limitan a una argumentación reiterativa de lo argumentado por el juez primario, sin embargo, carecen de una argumentación que combata o confronte, en la que esboce razones jurídicas y fácticas, que expliquen suficientemente el por qué este tribunal de alzada debe revocar dicha determinación. Sin embargo, como antes se dijo, sólo se limita a transcribir parte de la sentencia de origen, sin precisar y argumentar dichas circunstancias y que son de tal relevancia que deben o debieron influir en el ánimo del juzgador al momento de emitir la resolución. En tal sentido, dejar al tribunal de alzada, la carga procesal, para que sea éste, el que debe suplir las deficiencias argumentativas del Ministerio Público, estaríamos violentando el principio fundamental de estricto derecho, que rige el estudio de los agravios de la Representación Social.

LAS HUELLAS

José Manuel Encarnación Delgadillo fue aprehendido en la primera semana de julio del 2013, producto de una investigación respecto a supuestas compras realizadas a finales del gobierno de Ney González, como reactivos para exámenes toxicológicos y pruebas para detección de semen, cursos y diplomados para policías, uniformes para personal de seguridad, así como un software de seguridad en redes de información, pero que jamás existieron; es decir, se simularon gastos para desviar de las arcas públicas más de ocho millones de pesos.
A pesar de que numerosos empleados confirmaron en declaraciones ministeriales que los productos nunca fueron recibidos, de que uno de los proveedores describió cómo fue la operación ilícita y de que Encarnación Delgadillo mencionó en la trama corrupta a Ney González y a Florencio Román, contra éstos no se ejercitó acción penal.
Además, pronto el asunto tomó un camino nada transparente: muy a su estilo aplastante sobre el Poder Judicial, el entonces fiscal General de Justicia Édgar Veytia ordenó la liberación del procesado, pasando por encima del Juzgado Penal. Y después se intentó dejar el expediente en el aparente olvido, sin realizar trámite alguno.
Sin embargo, el 12 de junio del 2017, unos días después de la elección al Gobierno del Estado que ganó Antonio Echevarría García, el Juzgado Penal dictó sentencia absolutoria a favor de Encarnación Delgadillo.
Ahora como entonces ha trascendido que el entonces juez penal Nicolás Ballesteros Villagrana habría recibido indicaciones para justificar en el fallo que no se acredita el delito de peculado.
Según lo documentó este reportero, la sentencia fue dictada con prisa, apenas dos semanas después de que la Fiscalía General del Estado (FGE) –todavía en tiempos del gobierno de Roberto Sandoval Castañeda- presentó conclusiones acusatorias, de las que fue notificada la defensa, que a su vez presentó conclusiones no acusatorias. Y ello a pesar de lo voluminoso del expediente.
Es decir, se trató de una resolución previamente acordada entre las partes.
Un dato más: quien esto escribe también plasmó que el expediente permaneció oculto al menos seis meses, tan es así que se remitió a la Segunda Sala Penal hasta el presente año y sólo después de diversas publicaciones periodísticas de este reportero.
José Manuel Encarnación gozaba de libertad bajo fianza, con una garantía de tres millones de pesos que como fiador depositó el mismo Florencio Román Messina, monto que recuperó cuando el Juzgado Penal dictó sentencia absolutoria.
Cada uno de los estados del expediente ha mostrado un manoseo que, obviamente, nadie aceptará, pero las huellas ahí quedan.
Uno de los expedientes por los que debió procesarse a Ney González y a Florencio Román concluye en nada, a pesar de documentarse el mal uso de más de ocho millones de pesos.
A final de cuentas, se trata de una historia más de impunidad a los poderosos, de corrupción en las instituciones, muy al estilo de la justicia en Nayarit, de México.