Condenan homicidios en Hilo Revee a 10 años

* Resuelven que la muerte de un maestro y una estudiante del Tecnológico de Querétaro, en noviembre del 2008, fue homicidio simple intencional, no calificado.
* José Jerónimo Gutiérrez podría solicitar la preliberación a finales del 2014, cuando cumpla al menos el 60 por ciento de la condena.

05 / Febrero / 2013

Por Óscar Verdín Camacho

El sujeto que en noviembre del 2008 disparó contra el centro nocturno Hilo Revee, por la avenida Insurgentes, y mató a dos personas que estaban afuera, fue sentenciado a 10 años de prisión por el delito de homicidio simple intencional.

La condena, dictada en diciembre pasado por el Juzgado Primero Penal de Tepic en contra de José Jerónimo Camacho Gutiérrez, ya es definitiva puesto que la Fiscalía General del Estado –antes Procuraduría General de Justicia- no se inconformó con el fallo en el expediente 533/2008.
De hecho, el Juzgado de Ejecución de Sentencias del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ya habría sido notificado sobre ello.
En la sentencia se eliminó el delito de homicidio calificado al determinarse –fue un punto estudiado, incluso, a través de varios amparos- que Camacho Gutiérrez no conocía ni había reñido con quienes murieron la madrugada del 23 de noviembre del 2008: el maestro Alonso Carretero Morales, del Instituto Tecnológico de Querétaro, y la estudiante de Ingeniería en Sistemas Computaciones del mismo, María Dolores Ruiz Bañuelos, quienes se encontraban en Tepic a propósito de un encuentro nacional de institutos tecnológicos y que, aquella noche, junto a otros compañeros decidieron acudir al mencionado centro nocturno.

Camacho Gutiérrez había sostenido un altercado con personal de seguridad del Hilo Revee, que le habían negado el ingreso junto a varios familiares, por lo que rato después disparó una pistola calibre nueve milímetros contra las citadas instalaciones, pero las balas también alcanzaron a los ya mencionados y a una muchacha que resultó herida, quienes pretendían entrar.
Entonces de 22 años de edad, nativo de Mazatlán, Sinaloa, José Jerónimo El Gordo se encuentra recluido en la prisión federal El Rincón, purgando una condena por la portación de la citada arma de fuego.
Según los datos recogidos, poco antes de que se dictara sentencia, un familiar de María Dolores Ruiz otorgó el perdón legal al acusado. Por el contrario, en el caso de la muerte de Alonso Carretero se le condenó al pago de 117 mil 315 pesos.

¿PRELIBERACIÓN EN 2014?
Lo anterior significa que Camacho Gutiérrez podría solicitar la preliberación a finales del 2014, después de que cumpla con al menos el 60 por ciento de la condena, según lo marca la Ley de Ejecución de Sanciones Penales.

En su caso, como el de todos los reos con condena definitiva, la preliberación corresponderá decidirla al Juzgado de Ejecución de Sentencias del Tribunal Superior de Justicia, el cual durante 2012, en su primer año de apertura resolvió más de 500 asuntos, de los cuales más de 50 habrían correspondido precisamente a reos que cumplieron con el mínimo de internamiento. Otros casos fueron los que consiguieron conmutar la pena –menor a cinco años- o quienes deben cumplir con un tratamiento especial, como los vinculados a delitos contra la salud.
Los reos que aspiran a la preliberación también deben cubrir al menos el 50 por ciento de la reparación del daño que les fue fijado, así como presentar a un familiar o fiador que garantice que acudirá al juzgado a firmar un libro de registro cada 15 días o cada mes, según le sea ordenado hasta la conclusión de la condena. Y es que, si se incumple esa disposición podría provocar una orden de reaprehensión.

Otro dato importante es que debe emitirse un dictamen por parte de los integrantes del Consejo Técnico Interdisciplinario de la prisión, la cual indicará aspectos psicológicos, pedagógicos, de trabajo social, médicos, para decidir si se da el visto bueno para que el reo reciba la preliberación.