Presentamos iniciativa de reforma al Código Penal en apoyo a los niños: Dolores Porras

23 / Agosto / 2013

Por Juan Carlos Ceballos


Tepic.- La diputada María Dolores Porras Domínguez, presentó ante el Pleno del Congreso local, iniciativa de decreto que reforma el último párrafo del artículo 212 del Código Penal del estado de Nayarit, dentro del capítulo de los delitos cometidos por servidores públicos que se ocupa del Abuso de Autoridad, añadiendo que el Estado está obligado a que niños, niñas y adolescentes debe preservarles una vida libre de violencia.

Pero además se menciona en la iniciativa que no se debe discriminarles por ninguna razón, ni circunstancia, con igualdad sin distinción de raza, edad, sexo, religión, idioma o lengua, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad entre otros.


Que la realidad social nos indica con independencia de las políticas públicas tendientes a desalentar actividades marginales o de sobrevivencia o bien en apoyo a la economía familiar, que existen aún niñas, niños y adolescentes, en las zonas urbanas, que realizan de manera concreta en plazas, jardines, calles, andadores, avenidas, camellones diversas actividades para contar con un ingreso económico.

Que las actividades descritas en el punto anterior bien pueden estar reguladas por Bandos de Policía y Buen Gobierno o Reglamentos del Orden Jurídico Municipal o en su caso atenderse mediante Acuerdo Administrativo o de Cabildo y que pudiesen esas actividades ser réferi de niños, niñas y adolescentes o resultar ir en contravención de los mismos, y la autoridad está constreñida a respetar todos los derechos y garantías de los ciudadanos al hacer cumplir la norma.


Que el código penal del Estado de Nayarit establece en la fracción cuarta del artículo 212 que comete el delito de abuso de autoridad, todo Servidor Público sea cual fuere su categoría cuando ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima o la vejare o la insultare; teniendo una pena de prisión de seis meses a seis años y multa de treinta a doscientos días de salario mínimo diario vigente y destitución e inhabilitación por el mismo lapso para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública.


Que por la vulnerabilidad dada su corta edad de niños, niñas y adolescentes, aunada a su situación de calle, hacen que considere que el abuso de autoridad hacia este segmento social por realizar actividades marginales o bien ante cualesquier circunstancia, se debe tener mayor severidad la sanción a la conducta antijurídica del servidor público que incurra en ésta.

Por ello, la diputada Lolita Porras, en su iniciativa propone que la sanción que actualmente contempla el Código Penal que va con prisión de seis meses a seis años se podrá aumentar hasta en una mitad si el ofendido es menor de edad.