Amparo pone contra la pared a hotel Ne Kié en Tepic

* El fallo precisa que un convenio celebrado con una ex empleada con cargo gerencial, al ser ventilado ante una Junta de Conciliación bastó para que alcanzara el nivel de laudo; es decir, como una sentencia definitiva.

30 / Septiembre / 2013

Por Oscar Verdín Camacho

Un Juzgado de Distrito resolvió una demanda de amparo que ha puesto contra la pared al hotel Ne Kié, puesto que la resolución obliga a la indemnización a favor de una ex empleada que tenía un cargo gerencial.

En los últimos meses, abogados de la empresa que administra el hotel Ne Kié, ubicado junto al Instituto Tecnológico de Tepic, han buscado la forma de que sea anulado un convenio suscrito hace unos años con la ex gerente Mirna Acosta García, en el que se acordaba una salida en común acuerdo y la correspondiente indemnización.
Un dato que ahora resulta importante es que el convenio, que indicaba pagos en diversos abonos, en su momento fue presentado por las partes ante la Junta Especial 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje.
Sin embargo, al no cumplirse los correspondientes pagos, hace tres años fue presentada una demanda laboral ante la Junta Local 1, expediente número 333/2010.

Una parte medular del asunto se encuentra en una resolución dictada por el Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo que ha conocido del caso, en el juicio de garantías número 1198/2011.
Ante la resistencia de los representantes del hotel para cumplir con los pagos, el juez federal Rogelio Alberto Montoya Rodríguez resolvió que el mencionado convenio, al ser presentado por las partes ante la Junta Local alcanzó la categoría de laudo, es decir, como si se tratara de una sentencia a favor de la quejosa Mirna Acosta.
Insistió entonces que al no cumplirse lo acordado en el convenio, existe una dilación de la justicia por parte de la Junta Local. Y por lo tanto exige que se ejecute el fallo, buscando la forma del cumplimiento a la liquidación económica.
La presión ejercida por el Juzgado de Distrito motivó que se efectuara una diligencia de embargo en el propio hotel, aunque la demandante no señaló bienes para ello.
Abogados que con frecuencia litigan asuntos laborales consideraron que el fallo del Juzgado de Distrito no es muy común y sienta un buen precedente a favor de los trabajadores, puesto que es frecuente que convenios previamente acordados intenten ser anulados por los patrones.
Según se conoce, contra el fallo del juez Montoya Rodríguez no se interpuso el recurso de revisión, por lo que ya quedó firme, insistiendo entonces para que se concrete la indemnización económica, urgiendo a la Junta Local para que dicte las medidas que sean necesarias.
Una forma podría ser el embargo de cuentas bancarias, medida que se ha tomado en otros asuntos a los que este reportero ha dado seguimiento.

Acosta García tendría más de ocho laborando como gerente del Ne Kié en Tepic cuando se acordó su retiro.
Pero aún cuando en el caso parece no haber marcha atrás, representantes legales de la citada empresa ahora piden que el referido convenio sea anulado, argumentando que la salida del trabajo de la quejosa fue por su voluntad.