Aparece el apellido Saldate en amañado juicio contra un chofer

20 / Febrero / 2014

Por Oscar Verdín Camacho


A altas horas de la noche del domingo nueve, Daniel Ramírez Rodríguez, de 21 años, tomó un vehículo de servicio de pasaje para dirigirse desde su casa en Guadalupe Victoria, municipio de San Blas, a Toromocho, a comprar varios kilos de camarón que su familia vendería después.

Horas más tarde y ya de regreso, se salió de la carretera e impactó a un árbol, ocasionando daños materiales al vehículo, en el que durante el día cubría la ruta de Guadalupe Victoria hasta Ruiz, cruzando por poblados de Santiago Ixcuintla.


Daniel Ramírez no resultó lesionado y fue él, según ha narrado, quien dio aviso por celular a sus jefes inmediatos. Después tomaron nota agentes de tránsito.

Pero lo que parecía un accidente sin mayor impacto, con el paso de las horas todo fue acomodándose contra el chofer. Aquella madrugada inició para Ramírez Rodríguez su vía crucis: fue trasladado a las oficinas centrales de la Fiscalía General del Estado (FGE) en Tepic y la mañana del martes 11 fue presentada en su contra, por escrito, una denuncia penal por el delito de robo de vehículo.


Es decir, transcurrieron más de ¡30 horas! entre el accidente y la denuncia penal.


En una declaración ministerial y, después, ante el Juzgado Tercero Penal de Tepic, el muchacho aceptó su responsabilidad en el accidente, haber circulado en horas fuera de trabajo para atender un asunto personal, pero negó que hubiera robado el vehículo tipo Urban con placas 5245MDC. Insistió que se había quedado con él la noche del domingo porque trabajó esa tarde y porque iniciaría la jornada durante la mañana del lunes, una situación normal entre choferes.


BROTA EL APELLIDO SALDATE

Pero el hilo de este amañado asunto conduce a la denuncia penal, recibida el 11 de febrero a las nueve de la mañana en la FGE. Fue interpuesta por Rafael Plasencia Guzmán como apoderado de Adriana Saldate Castillón, hermana del dirigente transportista y diputado local por el PRI Carlos Saldate.


En la misma, se asienta que Daniel Ramírez fue despedido al concluir su turno el sábado ocho por la noche, porque no entregó completa la venta del día, y que la noche del domingo sustrajo el vehículo de un corralón ubicado en Capomal.


El viernes 14 ante el Juzgado Tercero Penal, Ramírez aceptó su responsabilidad en el accidente, pero insistió que jamás robo el carro de transporte de pasajeros. También reclamó que el vehículo ya tenía algunos daños que ahora se le pretenden achacar, todos los cuales ascienden a 60 mil pesos.

¿Y de dónde vamos a sacar tanto dinero?, somos pobres, indicó a este reportero la mamá de Daniel, casado y con un hijo.


La Fiscalía General consignó a Daniel por los delitos de daño en propiedad ajena, el cometido por conductores –aparentemente manejaba bajo la influencia de una droga- y el de robo calificado, lo que entonces, se le explicó, impedía su libertad bajo fianza.

Sin embargo, el lunes 17 -ampliado el término constitucional por otros tres días- el Juzgado Tercero recibió testimonios de habitantes de Guadalupe Victoria que señalaron que el domingo nueve Daniel Ramírez sí trabajó por la tarde y que el vehículo lo vieron estacionado afuera de su casa, al concluir la jornada. Es decir, ello echaba abajo la versión del despido el sábado.


Aunque también fueron llamados a careo quienes señalan que Daniel robó el vehículo, nadie se presentó a la audiencia.

Así, este miércoles el Juzgado Tercero dictó en el expediente 112/2014 auto de formal prisión contra Ramírez Rodríguez por los delitos de daño en propiedad ajena, el cometido por conductores y, se explicó, el de robo de uso, en cuanto a la utilización del vehículo, pero le fue retirada la calificativa del robo, lo que le permite obtener la libertad bajo fianza.

La figura que ahora se le vincula lo marca el artículo 350 del Código Penal de Nayarit:


A quien se imputare el hecho de haber tomado una cosa ajena sin consentimiento del dueño o legítimo poseedor y acredite haberla tomado con carácter temporal y no para apropiársela o venderla, se le aplicará de uno a seis meses de prisión

Es decir, al juzgado quedó claro que Daniel no robó el carro como fue denunciado.

La interrogante es si la Fiscalía General se prestó a cuajar una consignación con calificativa de robo, a sabiendas de que no se cometió ese ilícito, o si hubo falsedad en declaración de quien interpuso la denuncia.

Y la falsedad, por cierto, es un delito.