Edición del Día
![](fotos/20140310.jpg)
Relacionadas
Encabeza Beatriz Estrada entrega del programa social Cuidando tu Bienestar en Amatlán
Reciben en sus hogares los apoyos y beneficios del Sistema DIF Nayarit
Camino libre a Guadalupe Ocotán en La Yesca: Navarro Quintero
El alcalde Manuel Salcedo se reúne con integrantes del C.E.A.
Pagó el Ayuntamiento de Acaponeta en tiempo y forma el aguinaldo
ICATEN Compostela certifica a sus instructores en competencia laboral
El amigo Layín festeja en grande el día del padre en San Blas
Mi compromiso es regresar a mi distrito con soluciones reales: Jasmin Bugarín
Primer juicio de divorcio sin expresión de causa
* Un Juzgado Familiar de Tepic aceptó una demanda donde el quejoso no reveló el motivo para solicitar concluir su matrimonio, reclamando la inconstitucionalidad del artículo 260 del Código Civil de Nayarit.
10 / Marzo / 2014
Por Oscar Verdín Camacho
Un juicio de divorcio admitido en febrero en Tepic estaría sentando un precedente histórico en el estado, puesto que sería la primera ocasión que un demandante no revela detalles de la causa por la que busca divorciarse, sino únicamente expresa su voluntad para terminar la relación con su pareja.
El 21 de febrero, el Juzgado Primero Familiar admitió la demanda con el número de expediente 273/2014.
Fue presentada por un profesionista que, se explica en la documentación, observó la inconstitucionalidad del artículo 260 del Código Civil del Estado de Nayarit que plasma las causas que podrían ser motivo para solicitar el divorcio, las más comunes: el adulterio, la violencia, amenazas, los hábitos de drogadicción y alcoholismo, actos inmorales, corrupción de los hijos, entre otras.
Indicó que el artículo 260 resulta inconstitucional e inconvencional, en virtud de que con ello el legislador restringe sin justificación alguna el derecho relativo al desarrollo de la personalidad humana, que tiene que ver con la libre modificación del estado civil de las personas y que deriva, a su vez, del derecho fundamental a la dignidad humana consagrado en los tratados internacionales de los que México es parte.
Tras aceptarse la demanda de divorcio, sin expresión de causa, la contraparte será notificada para que dé contestación a la misma y se celebren las audiencias respectivas.
La pareja involucrada en este asunto tiene más de 10 años de matrimonio.
En la demanda es asentado que hay precedentes de la justicia federal en otros estados, como en Morelos, donde se determinó la inconstitucionalidad del artículo que exige la demostración de una causa para llegar al divorcio.
DISMINUIR IMPACTO FAMILIAR
Con la demanda de divorcio sin que se revele la causa, se busca, además, un menor impacto en el entorno familiar, especialmente con los hijos. Y es que siempre resulta doloroso que se ventilen aspectos íntimos de una familia o que la mamá culpe al papá, o a la inversa, del quiebre matrimonial, por lo que suelen anidarse rencores toda la vida. Además, también resulta difícil para los hijos adoptar una posición a favor o en contra de la mamá o el papá.
Fue explicado que otra situación de valor en un divorcio sin expresión de la causa tiene que ver con la dificultad para acreditar algún daño en la pareja, por ejemplo de aspecto psicológico, cuando hay una constante represión de uno en el otro.
En los últimos años, el Poder Judicial del Estado ha revelado estadísticas que muestran que los juicios que atañen a la familia presentan números altos. Tan sólo en el 2012 se contabilizaron dos mil 820 demandas de divorcio en Nayarit, lo que muestra el impacto que ello tiene en miles de personas cercanas a la pareja.
La aceptación del ya citado juicio de divorcio sin revelar detalles de la causa podría ser una forma que en el futuro adopten otras parejas.