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CON PRECAUCIÓN: Al olvido las conquistas laborales
Por Sergio Mejía Cano
23 / Mayo / 2016
En 1987, dentro del marco de la celebración por los 50 años de la nacionalización de los ferrocarriles mexicanos, el entonces presidente Miguel de la Madrid Hurtado, anunció el Decreto por lo que se daba la terminación anticipada de las concesiones a las empresas ferroviarias que explotaban el transporte en ese rubro en el país, aglutinándolas en una sola empresa: Ferrocarriles Nacionales de México (Ferronales). Y en los transitorios de dicho decreto, señala que Ferronales en sus relaciones con los trabajadores se ajustará estrictamente a lo dispuesto en las normas legales aplicables. Este decreto apareció publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 1986.
De acuerdo a este decreto, las empresas ferroviarias existentes en el país como Sonora-Baja California, Ferrocarril del Pacífico (FCP), Chihuahua al Pacífico y Unidos del Sureste, desaparecieron con esa denominación para llamarse en los sucesivo como Nacionales de México, por lo que todas las estaciones, papelería, etcétera, cambiaron su razón social. Y si el cambio de la noche a la mañana fue nada más la razón social, los trabajadores de todas esas empresas siguieron con sus mismos derechos contractuales; sin embargo, los únicos que pudieron haber sido afectados fueron los empleados del FCP, al quererles imponer el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) de Ferronales; por lo que de inmediato se entablaron demandas apoyadas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), debido a que ésta ley señala en uno de sus artículos que cuando dos o más empresas se fusionen, prevalecerá en ellas el CCT que beneficie más a la clase trabajadora y, como el del FCP era el que más prestaciones y conquistas laborales tenía, de ahí que procediera la demanda, y si bien se hizo un comparativo entre ambos contratos, se vio claramente que el contrato del FCP dejaba muy lejos al de Ferronales en cuanto a prestaciones a los trabajadores de refería, de ahí que en el FCP prevaleciera el CCT que amparaba las Divisiones Sonora y Sinaloa y nada más, porque jamás se cumplió con la LFT de que imperara el mejor CCT en la de nuevo nacionalizada empresa ferroviaria Ferronales, que siguió aplicando su propio CCT.
Sin embargo, el 12 de mayo de 1995 se da a conocer la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, bajo la firma del entonces presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, en donde habla de la nueva concesión otra vez a la Iniciativa Privada, tanto nacional como extranjera, y dicha Ley, en su transitorio quinto, señala claramente que: Las concesiones y permisos que se otorguen con motivo de la presente Ley, no afectarán los derechos de los trabajadores activos, jubilados y pensionados del organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, los que serán respetados conforme a lo establecido en el artículo 123 constitucional, y la Ley Federal del Trabajo. Pero este transitorio quinto jamás se respetó por los nuevos concesionarios, ya que de entrada prácticamente el 70 por ciento de la planta laboral quedó desempleada, y quienes quedaron activos perdieron todas las conquistas laborales ganadas hasta entonces y que de acuerdo al mencionado transitorio quinto de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, se debieron haber conservado íntegramente; lo único que les quedó fue el servicio médico y nada más. Todo lo demás como pagos dobles, continuados y adicionales, pago por descanso interrumpido, descansos obligatorios, etcétera, quedaron en el olvido.
Para deshacerse de la planta laboral, los nuevos concesionarios respaldados por la dirigencia sindical, avalaron que los trabajadores varones con más de 25 años de antigüedad y las mujeres con más de 20 en el servicio, quedaran jubilados y los demás liquidados; hecho que provocó infinidad de demandas laborales y más, por la discriminación latente de diferenciar a mujeres y varones, pues de acuerdo al artículo cuarto 4º constitucional, ambos son iguales ante la ley.
Todo esto viene a colación, debido a que este pasado sábado 21 de mayo, aparece un reportaje firmado por Ismael Rodríguez en el periódico La Jornada, en donde habla de que Trabajadores de CFE tendrán que labora diez años más para alcanzar la jubilación; y en el cuerpo de la nota, señala que en adelante las mujeres en vez de poderse jubilar con una antigüedad de 25 años, en lo sucesivo lo harán con 35 años de servicio, y en los varones se aumenta de 30 a 40 años. Sobra decir que claramente esto es un vil retroceso en las conquistas laborales en la CFE.