Por: Óscar Verdín Camacho.- José Alberto Díaz, un ex trabajador de la Coca-Cola que el año pasado estranguló a su esposa por una situación de infidelidad, obtuvo un amparo para efectos de que el Juzgado Primero Penal de Tepic, que conoce su asunto, anule el auto de formal prisión que le dictó por el delito de homicidio calificado, y dicte otra resolución pero una vez que analice diversos aspectos que no han sido tomados en cuenta.

El pasado 18 de agosto, José Alberto se entregó voluntariamente a la policía y abrió las puertas de su casa en el fraccionamiento Vistas de la Cantera, donde dos días antes había estrangulado a Domitila Ibarra García, con quien tuvo dos hijos.

Recluido en la penal de Tepic, Díaz está a disposición del Juzgado Primero Penal con el número de expediente 357/2010. Por el momento, la formal prisión dictada por homicidio calificado ha quedado anulada, y es que, según el fallo mediante un juicio de amparo, hay diversos aspectos que deben ser analizados nuevamente.

Se cuestiona, por ejemplo, que en el auto de formal prisión no se especificaron las pruebas de apoyo para concluir que el homicidio se realizó con ventaja, pues no basta, precisa, citar únicamente la diferencia de fuerza entre un sexo y el otro, pues sería equivocado desde el punto de vista jurídico que en todos los casos de homicidio en que el sujeto activo sea hombre y la víctima mujer, concurre la calificativa de ventaja

O bien, dice la resolución de amparo, se aprecia ausencia total de fundamentación y motivación en lo relativo al razonamiento por el que la responsable estimó actualizada la circunstancia calificante de traición, por el sólo hecho de que eran esposos.

De igual forma, el fallo encontró lo que parece ser una confusión del Juzgado Penal, pues se anotó que la víctima era un niño de corta edad y no una mujer adulta.

La sentencia de amparo fue dictada por el Juzgado Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, en Culiacán, con el número de expediente 1669/2010.

En suma, se ordena anular el auto de formal prisión y dictar una nueva resolución, aunque suprimiendo los vicios procesales que afectan al auto de formal procesamiento objeto de este estudio constitucional.

Se aclara en el documento de amparo que el juez de origen tiene toda la libertad para dictar el nuevo fallo en el sentido que considere.