Con motivo de la elaboración de los planes de desarrollo municipal 2011- 2014 que actualmente se lleva a cabo en nuestra entidad, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos que preside Huicot Rivas Álvarez, hace un respetuoso llamado a todas las autoridades a cumplir con lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Planeación Democrática.

Conforme al párrafo tercero del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de Universalidad, Interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Dentro de la clasificación de los derechos humanos se encuentran los denominados de segunda generación que se identifican como derechos económicos, sociales y culturales, generalmente de tipo colectivo o grupal y responden a los valores de igualdad y solidaridad. Entre ellos se destacan el derecho al trabajo, el derecho a la seguridad social, el derecho a la protección de la salud y la asistencia médica, el derecho a la educación y a la cultura, el derecho a la vivienda, etc.

Ante estos derechos las autoridades tienen la obligación de dar y hacer, es decir, actuar e intervenir en los procesos socioeconómicos para combatir las desigualdades reales entre los sectores sociales y fomentar un estado de bienestar, mediante el acceso de los seres humanos a las satisfacciones materiales y morales, propias de la dignidad de la persona.

Bajo este esquema, el servidor público que viole derechos humanos violará la Constitución. De ahí que su observancia incondicional será uno de los retos a enfrentar para hacer efectiva su vigencia porque es indispensable que su cumplimiento se traduzca en hechos. Que lo que hasta ahora permanece como mero ideal, con esta orientación logre superar una realidad en la que la mayoría de los funcionarios están inmersos.

Por ello, la CEDH considera que en los Planes Municipales de Desarrollo se deben incorporar los derechos humanos como eje rector y como principio generador de programas y proyectos, de las políticas públicas municipales y como criterio de evaluación del desempeño.