Por: Juan Fregoso
Acaponeta.-El Ayuntamiento de Acaponeta está compuesto por diez regidores, y cada uno de ellos representa a una demarcación que comprende varios seccionales. Fueron elegidos justamente para velar por la problemática que aqueja a sus representados, pero sucede que algunos de estos representantes populares no cumplen con sus responsabilidades, incluso, desempeñan otros trabajos que les impide asistir a la presidencia para recibir a los ciudadanos que van en su busca para que les gestionen algún asunto, lamentablemente nunca los encuentran porque se hallan realizando otras actividades ajenas a sus cargos.
El caso más emblemático lo tenemos con los regidores Julio César Cedano Sánchez y Raúl Escobedo Sánchez. El primero, aparte de ser regidor ocupa la Subdirección de la Escuela Secundaria General Leyes de Reforma, mientras que el segundo trabaja como secretario del Juzgado Mixto. En este sentido, es obvio que no pueden cumplir íntegramente con sus funciones, ya que ambos regidores le dedican más tiempo a su primer trabajo, valiéndoles un comino la responsabilidad que tienen con los ciudadanos que los llevaron al poder para que se hicieran cargo de los problemas de sus respectivas jurisdicciones, pero estos dos funcionarios sólo se presentan a la hora en que concluyen las labores en el Ayuntamiento, es decir, cuando ya no tienen nada que hacer.
En este contexto, ambos concejales tienen la obligación de elegir entre un trabajo u otro, porque no deben ostentar dos cargos públicos simultáneamente, ya que esta situación va en contra de los principios de la democracia, entendida ésta como la igualdad de oportunidades para todos, no solamente para unos cuantos. En otras palabras, todos tenemos el derecho de ocupar un cargo público, por lo que es injustificable que una sola persona ostente dos cargos a la vez, porque esto no es otra cosa que una faceta más de la corrupción, más claro, si cualquier funcionario del nivel que sea no cumple fielmente con la responsabilidad que el pueblo le confirió, es un corrupto por donde se le vea.
Así, previendo este tipo de situaciones la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, en su artículo 35 establece: En el desempeño de los cargos municipales, los integrantes de los Ayuntamientos atenderán los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público, estando impedidos para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública de la federación o del estado por los que perciban remuneración, salvo que medie licencia debidamente autorizada en los términos del capítulo respectivo de esta ley, a partir de la cual quedarán separados de sus funciones.
Por lo tanto, atento a lo que dispone la ley mencionada, tanto el regidor Raúl Escobedo Sánchez, como Julio César Cedano, están obligados legal y moralmente a presentar sus respectivas licencias de los otros puestos que tienen. Deben, obligatoriamente, renunciar a uno de ellos porque así lo prescribe la ley. Los dos tienen la opción de elegir entre ser regidores, o ser funcionario judicial, en el caso Raúl Escobedo, o subdirector de la secundaria, en el caso del maestro Julio César Cedano, en caso contrario, de no acatar el mandato de la ley, se estarán pasando por el arco del triunfo la voluntad del pueblo, lo cual a todas a luces es una inmoralidad.