Por: Juan Fregoso
Acaponeta, Nayarit.-Aun cuando el artículo 103 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, establece literalmente que los Ayuntamientos dentro los primeros noventa días de su administración, deberán instalar una Comisión Municipal de Derechos Humanos (CMDH), es hora de que el gobierno que encabeza Efraín Arellano Núñez, no ha cumplido con este mandato legal.
Indudablemente que esta instancia es de suma importancia, toda vez que no solamente se trata de proteger los derechos humanos de la ciudadanía, sino también de vigilar posibles abusos de los propios funcionarios públicos, es decir, de aquellos que puedan incurrir en la comisión de alguna falta administrativa o delito en agravio de los gobernados.
Así lo prescribe el precepto mencionado en su fracción VIII, en la cual se precisa que la (CMDH) tiene competencia para proteger, defender, promover, divulgar y vigilar los derechos humanos en cada demarcación municipal, cuando los actos u omisiones que propicien su violación, sean imputables a la responsabilidad de los servidores públicos municipales, o por actos de particulares cuando están apoyados por las autoridades municipales.
En tanto, el artículo 104 del mismo ordenamiento legal especifica cuales son las atribuciones de este organismo, entre las que destacan de manera sobresaliente recibir quejas o denuncias y conocer e investigar de oficio presuntas violaciones de los derechos humanos atribuidas a las autoridades municipales y a particulares que presten un servicio público municipal concesionado.
Al mismo tiempo, ordena que esta instancia deberá realizar denuncias de oficio o a petición de cualquier persona ante las comisiones nacionales o estatales de derechos humanos, por presuntas violaciones que cometan autoridades federales o estatales.
Más aún, la citada ley exige a las autoridades referidas, solicitar a las autoridades municipales señaladas como responsables, informe sobre el asunto sujeto a su investigación. Para dar cumplimiento a la atribución que se precisa en el inciso I, las autoridades municipales estarán obligadas a atender cualquier solicitud de la (CMDH) en el desempeño de sus funciones.
Esta misma ley, advierte que las autoridades municipales que no atiendan y auxilien en las investigaciones a la (CMDH), se harán acreedoras a las sanciones y responsabilidades señaladas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y en las disposiciones jurídicas aplicables dictadas por el Ayuntamiento, entre otras cosas.
Por supuesto que para un pueblo como Acaponeta, que se precia de ser la Atenas Nayarita, pero que lamentablemente no tiene nada de Atenas, patria de grandes filósofos como Platón y Sócrates, entre otros grandes pensadores, es comprensible que los ciudadanos acaponetenses desconozcan el vasto universo que comprende los derechos humanos, entre los que se encuentran el derecho al trabajo, salud, educación, vivienda, recreación, deporte, y desde luego, a la protección de su patrimonio y a su integridad física, entre muchos más.
Este tema lo analizaremos con más detalle en nuestras siguientes colaboraciones, por la complejidad que este implica. Por ahora, basta con preguntarnos el porqué la administración de Efraín Arellano no se ha preocupado por la creación de una (CMDH), habida cuenta que hace mucha falta para velar por los derechos—o si se prefiere—por las garantías individuales que todo mexicano tiene, ya que no es justo que ante los atropellos de las autoridades, sean del nivel que sean, se deje en total desamparo a los ciudadanos.