Por: Juan Fregoso
Acaponeta, Nayarit.-Con motivo del próximo proceso electoral, el contralor municipal, licenciado Guadalupe Pardo Ríos, advierte a los funcionarios públicos de las posibles irregularidades en que éstos podrían incurrir de no acatar las disposiciones legales en esta materia.
Por ello, mandó a todos los servidores públicos una guía del ABC de los funcionarios públicos en relación a los comicios electorales que tendrán lugar el primer domingo de julio de este año. En este documento se establecen las faltas administrativas y delitos electorales, con lo cual se pretende evitar su comisión, por lo que se les conmina a los funcionarios municipales para que lo lean detenidamente, lo reflexionen y lo hagan extensivo al personal a su cargo.
Pardo Ríos, explica que el ABC de los servidores públicos en relación con las elecciones tiene como base la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Federal y la Ley Federal de Responsabilidades administrativas de los servidores públicos.
Asimismo, comentó que los servidores públicos como ciudadanos tienen el derecho y la obligación de ejercer su voto, pero también deben cumplir con su responsabilidad en la función pública, en no participar en el proceso electoral y no involucrarse en horas de trabajo; estamos obligados a no politizar los programas (sociales), las acciones de gobierno, el manejo de los recursos públicos, sino a realizar nuestras funciones con honradez, transparencia, lealtad, imparcialidad y eficiencia.
El contralor municipal, recomendó no utilizar indebidamente los recursos financieros, materiales y humanos en apoyar campañas políticas electorales, ni (siquiera) por presiones, convicciones o preferencias partidistas.
Guadalupe Pardo, puso hincapié en que los servidores públicos son los únicos responsables de sus acciones u omisiones, ya que la contravención a una ley traería como consecuencia el inicio de una posible averiguación previa o un procedimiento administrativo y una sanción que podría ser una amonestación privada o pública, incluso, suspensión del empleo, destitución del cargo, sanción económica o hasta la inhabilitación temporal para el desempeño de cargo o comisión en el servicio público.
Finalmente, el funcionario precisó que es de nuestro conocimiento que el proceso y jurisdicción electoral compete al IFE, TJF y a la Procuración de la Justicia Penal Electoral. Del mismo modo, apuntó que la comisión de los delitos electorales es de incumbencia de la FEPADE, pero como institución tenemos el compromiso desde al ámbito de nuestra competencia contribuir al buen ejercicio del proceso, respetando estrictamente las funciones de los órganos electorales mencionados.