LA CREME: ¡¡ES GRAVE O NO??

Por: Norma Cardoso

06 / Mayo / 2013

Hace unos días se aprobó en la Cámara de Diputados una reforma al artículo 27 Constitucional, en su fracción I, párrafo noveno, en materia de propiedad para extranjeros, lo que causó que a los diputados que la propusieron se les comparara, en las redes sociales, con él, entonces, presidente de la República, Antonio López de Santa Anna...Los diputados Gloria Núñez Sánchez, Manlio Fabio Beltrones del PRI y Raúl Paz Alanzo del PAN, presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa para reformar el artículo anterior... Los legisladores argumentan que el constituyente de 1917 determinó que solo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones. Por ello, la redacción del art. 27 Constitucional quedó en esos términos. Además, que la referida disposición constitucional establece en sus preceptos que el Estado podrá conceder derechos de dominio de las tierras y aguas a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes. Dicen los legisladores, que, actualmente, quienes no tengan la nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización, no tienen la facultad de adquirir propiedades en una franja de cien kilómetros al interior del país a partir de las fronteras y de cincuenta kilómetros en las playas, prohibición que el constituyente estableció como respuesta a problemas de política internacional del siglo diecinueve, cuando existía el temor de la invasión de ejércitos de otras naciones. Para los diputados federales, en otras palabras está de más porque existen los fideicomisos, a través de los cuales, los extranjeros pueden adquirir en áreas prohibidas para los no nacionales.... Expresan, que los extranjeros no perjudican de modo alguno la soberanía, el territorio nacional y los bienes jurídicos que tutela el Estado. Que los extranjeros tienen que pagar altos costos derivados de los fideicomisos y de los pagos de cuotas diversas por trámites de registro, avalúos, impuestos y permisos previos ante la autoridades de gobierno.... El objetivo de esta iniciativa, aclaran los proponentes, es eliminar los intermediarios, es decir, aquellas inmobiliarias o constructoras que figuran como los propietarios del terreno.... Consideran, además, que modificar la prohibición de adquirir el dominio directo de inmuebles en las fronteras y las costas por parte de extranjeros es una estrategia que permitirá y dará certeza a la inversión extranjera en vivienda, ya que existe un número importante de propietarios extranjeros que mediante la figura del fideicomiso poseen inmuebles para residencia plena o retiro en la faja territorial precisada..... Una vez estudiado, se decidió emitir un dictamen en sentido positivo del proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 27 Constitucional en materia de propiedad para extranjeros, en razón de que coincidían con los proponentes en la necesidad de reformar la Constitución para establecer nuevas condiciones para el régimen de propiedad para los extranjeros y permitirles que adquieran tierras en la zona históricamente prohibida... En los debates que hubo en la Cámara de Diputados, un diputado mencionó que la prohibición que la afecta ha dejado de tener vigencia y contenido práctico, pues en la actualidad la suscripción de los tratados internacionales y la inclusión de nuestro país como integrante de organismos internacionales, da la garantía de que la invasión extranjera no representará un riesgo para nuestro país.... Otro mencionó que es una iniciativa apresurada, que los extranjeros podrán ser dueños de playas, viviendas, ubicadas en la frontera y habrá de quitarse la restricción constitucional que durante casi 100 años está en el 27 Constitucional; es muy grave lo que se está haciendo, no es cierto que las condiciones hayan cambiado.... Ya veremos que dicen los especialistas sobre el tema...