Clausura PROFEPA construcción en playa de Bucerías

- Pretendían establecer de manera indebida área comercial

24 / Mayo / 2013

En atención inmediata a denuncias ciudadanas, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal obras y actividades de construcción que, sin autorización en materia de impacto ambiental se ejecutaban en la Zona Federal Marítima Terrestre (ZOFEMAT) de playa Bucerías, en el municipio de Bahía de Banderas, estado de Nayarit.

En dichas obras, se pretendía edificar instalaciones comerciales y de servicios, en una superficie de 400 m2., hasta el momento se habían edificado cinco fosas para zapatas de desplante de 2.25 m2 y profundidades de 0.45 a 1.3 m, además de 10 estructuras metálicas con cimentación y dalas de desplante de concreto, entre otras.

Es importante mencionar que gracias a la denuncia popular, se realizó la prospección de los hechos y mediante órdenes de inspección en las materias de impacto ambiental y ZOFEMAT, se impuso la clausura total temporal como medida de seguridad al afectarse un bien nacional y un sitio de anidación de tortugas marinas, recordando que es una especie en riesgo listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
La denuncia fue presentada con el respaldo de organizaciones civiles que luchan por el respeto del libre acceso y tránsito por los bienes nacionales de uso común en una playa eminentemente popular.

Se debe recordar que la Zona Federal Marítimo Terrestre es un bien del Dominio Público que forma parte del Patrimonio Nacional.

De acuerdo con la Ley General de Bienes Nacionales en su artículo 119, fracción I, cuando la costa presente playas, la Zona Federal Marítimo Terrestre estará constituida por la franja de veinte metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a dichas playas.

También se considera como parte de la ZOFEMAT, la totalidad de la superficie de los cayos y arrecifes; la franja de veinte metros que rodea a cualquier cuerpo de agua de origen marino, como son los esteros, lagos, lagunas o depósitos naturales de agua marina que se comuniquen directamente con el mar, así como a las riberas de los ríos desde la desembocadura de éstos en el mar, hasta cien metros río arriba.
En materia de Zona Federal Marítimo Terrestre el universo de atención lo constituyen más de 11,000 kilómetros de litoral en los 17 estados Costeros; la Zona Federal Marítimo Terrestre es un bien de uso común, por ello, todos los habitantes de México pueden hacer uso de dichos bienes, y para aprovechamientos especiales se requiere de concesión, permiso o autorización que otorga el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Con estas acciones, la PROFEPA refuerza su compromiso por atender de inmediato las denuncias ambientales en materia federal de una manera eficaz y responsable, además de procurar la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones relativas al uso, aprovechamiento o explotación de la ZOFEMAT, y sancionar a quién violente la normatividad ambiental aplicable.