Tepic.-  En  los últimos años, el secuestro se ha convertido en uno de los más grandes temores de los habitantes de algunas regiones del país;  se trata de un delito  cruel y devastador que, además de generar  detrimento económico, deja secuelas físicas y psicológicas permanentes en victimas  y familiares.

  Este delito se ha convertido en una industria  de la que cientos de personas han sido trastocadas en su dignidad, privadas de su libertad y, algunas veces más,  mutiladas o privadas de la vida.

Ante esta situación,  que cada vez mas afecta a las familias, los diputados  integrantes de la XXIX Legislatura -en Sesión Pública Ordinaria- dieron su voto afirmativo a diversas reformas en materia de secuestro, enviadas por la Cámara de Senadores.

Esta reforma señalada en el artículo 75 fracción  XXI de la Constitución General de la República, faculta e impone -en el marco constitucional, como obligación al Congreso de la Unión-,  a expedir una Ley General en materia de secuestro, la cual permitirá que tanto autoridades locales como federales, investiguen, persigan y sancionen la delincuencia organizada y sus delitos determinantes; ello con un marco normativo uniforme que permita coincidencia  en  los tipos penales y penas, acordes a las distintas conductas delictivas.

Así mismo, tendrá las herramientas para su investigación, persecución y ejecución de penas;  busca abatir esta conducta delictiva  en forma armónica  con la intervención de los tres órdenes de gobierno, con la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios.

Al respecto, los diputados Roberto Contreras Cantabrana y Marco Antonio Cambero Gómez,  hicieron uso de la tribuna, para manifestar su voto afirmativo, argumentando que es urgente se establezcan normas legales en ese sentido.

Los legisladores  dieron su voto afirmativo a la reforma a los artículos  4º y 73 fracciones XXV y XXIX-Ñ de la Constitución General de la Republica, en materia de cultura y derechos de autor, enmienda legislativa que consagra el derecho de todo individuo de acceder a  la cultura  y el disfrute de los bienes y servicios que el Estado presta en la materia, mismo que promoverá  los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad  cultura en todas las manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa.

 Además, faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de derecho de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionada en esta materia.

En la fracción XXIX-Ñ, deposita la facultad del Congreso de la Unión para legislar  las bases generales a las cuales se deberán sujetar la federación, estados y municipios en el tema cultural y todo lo que tenga que ver en esta materia.

De esta manera, los representantes populares integrantes de la XXIX Legislatura se suman una vez más a la protección de las familias del país y los nayaritas.