VISOR NAYARITA: Candados a despachos de cobranzas

Por: Lic. Francisco Pérez Gómez

22 / Agosto / 2014

Las quejas en contra de los despachos de cobranza es uno de los temas que comúnmente más atiende la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), pues si bien están en su derecho de cobrar y recuperar el adeudo, sus formas de cobro hasta ahora no son las más adecuadas, según esto, las quejas de los usuarios en un 75 % han sido porque el cliente que buscaban no era el deudor; un 18% porque recibieron maltrato de los cobradores, y el restante 7% por ciento porque el crédito ya había sido pagado y seguían cobrándolo, los excesos en que han caído varios despachos de cobranza contratados por las entidades financieras para recuperar los créditos vencidos, son algunas de las causas por lo que la citada Dependencia actualmente elabora disposiciones de carácter general para reglamentar las operaciones de los despachos en comento, esta regulación propuesta por la CONDUSEF que ya es analizada en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria una vez que entre en vigor hará que tales despachos obligatoriamente DEBERÁN: 1.- Identificarse plenamente (nombre completo, empresa en la que labora y la que representa); 2.- explicarte la situación y saldo y negociar el adeudo; 3.- Si llegaste a un acuerdo, entregarte un convenio firmado antes de que realices cualquier pago; 4.- recibir tus quejas, sugerencias o comentarios y hacerlos llegar al responsable de la Unidad especializada de la Institución Financiera., en contraparte NO DEBERÁN: 5.- Hablarte con lenguaje obsceno, acosarte o amenazarte; 6.- simular que son autoridad judicial ( se viola el artículo 387 Código Penal Federal); 7.- Comunicarse con menores de edad ni personas de la tercera edad; 8.- Comunicarse contigo entre las 11:00 de la noche y las 6:00 de la mañana; 9.- Utilizar cartelones u otro medio impreso en tu domicilio; 10.-incrementar tu adeudo de manera irregular o hacerte ofrecimientos sin autorización de la Institución Financiera; 11.-divulgar información personal o financiera a un tercero (viola el artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito). Violación al secreto bancario. En otros casos, 12.- si el cobrador daña tu casa (se viola el artículo 397 Código Penal Federal) Daño en propiedad ajena; 13.-El cobrador se quiere introducir a tu casa por la fuerza (se viola el artículo 285 del Código Penal Federal); 14.-el cobrador se quiere llevar tus cosas por la fuerza (se viola el artículo 285 Código Penal Federal), como se explica, son delitos que deberán –si es el caso-denunciarse ante la autoridad respectiva.

Las personas que consideren que han sido vulneradas en sus derechos por parte de estos despachos de cobranza podrán presentar su queja vía electrónica en contra de la entidad financiera a través del denominado Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) que se está creando para ese fin en específico, o bien personalmente o por escrito, en cualquiera de las delegaciones de la CONDUSEF diseminadas por el país, se recomienda además, presentar su queja en el portal de cobranza que tienen habilitado en su página electrónica en la dirección:http://portalif.condusef.gob.mx:8060/cobranza/index.jsp la queja se envía al banco por gestión electrónica debiéndose dar respuesta en 20 día hábiles, por otro lado, las entidades financieras que trabajen con despachos de cobranza deberán también rendir un informe trimestral a la CONDUSEF sobre las quejas recibidas, así como recibir y suscribir los acuerdos de pago, negociación por restructuración de los créditos, préstamos o financiamientos a los que lleguen los despachos de cobranza con los deudores.

Por otro lado, la Reforma Financiera, promulgada a inicios del 2014, establece que la CONDUSEF, además de tener más armas de defensa al usuario, será el organismo encargado de crear y operar un buró de entidades financieras, el cual registrará la conducta comercial de los bancos en México, número de reclamaciones y sanciones recibidas por parte de la autoridad, la información que vendrá detallada en dicho buró será la que tenga que ver con productos, costos, comisiones, reclamaciones, multas, cláusulas abusivas y tiempo de respuesta al usuario, ante la presentación de alguna queja, su mecanismo se irá mejorando hasta que se dé a conocer por qué una institución infringió la ley, en caso de que así haya sido, de la misma manera el buró contendrá información enviada por parte de los bancos a la CONDUSEF, todo ello con el fin de ofrecerle más armas de elección a los usuarios de servicios financieros, evitar abusos y una mejor toma de decisión sobre el manejo de sus ingresos, ahorros y créditos.

Esperemos y comentaremosfrago2009@hotmail.com