Carrusel Político

Por: Pedro Hernández Partida

02 / Julio / 2015

EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENSION DE LA TORTURA, una herramienta, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). La tortura es una violación grave a la dignidad y a los derechos humanos; por ello, combatirla a través de la prevención es una tarea fundamental para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

¿QUE ES LA TORTURA?.- De acuerdo con el artículo 1º. De la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, estamos en presencia de tortura cuando: 1.- Se inflige intencionalmente a una persona dolor o sufrimiento grave, ya sea físico o mental. 2.- Se pretende obtener de una persona información o una confesión; de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido; de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación. 3.- El responsable es un servidor público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia.

¿Qué ES EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCION DE LA TORTURA (MNPT)?.- Es el órgano establecido en la CNDH para proteger, a través de la prevención, a las personas privadas de la libertad contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

¿QUE SE ENTIENDE POR LUGAR DE DETENCION?.- Con base en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es cualquier lugar bajo la jurisdicción y control de autoridades federales, estatales y municipales, donde se encuentren o pudieran encontrarse personas privadas de la libertad, ya sea por orden de una autoridad pública, a investigación suya o con su consentimiento expreso o tácito.
¿QUE ES LA PRIVACION DE LA LIBERTAD?.- Es cualquier forma de detención, encarcelamiento o custodia de una persona, ya sea por orden de una autoridad judicial o administrativa, o de otra autoridad pública, en una institución pública o privada de la cual no pueda salir libremente. ¿QUE LUGARES DE DETENCION PUEDEN SER VISITADOS POR EL MNPT?.- 1.- Agencias del Ministerio Público. 2.- Centros de arraigo. 3.- Centros de reclusión para adultos. 4.- Centros de internamiento para adolescentes. 5.- instituciones psiquiátricas. 6.- Separos de Seguridad Pública. 7.- Albergues para menores. 8- Estaciones migratorias. 9.- Áreas de detención en hospitales. 10.- Prisiones militares, entre otros.
¿QUE FACULTADES TIENE EL MNPT?.- 1.- Realizar visitas periódicas a lugares de detención. 2.- Verifica el trato que reciben las personas privadas de la libertad en los lugares de detención. 3.- analizar las condiciones en que se encuentran las personas privadas de la libertad. 4.- Elaborar informes en los que se recomienda a las autoridades mejorar el trato y las condiciones en que se encuentran las personas privadas de la libertad. 5.- Efectuar propuestas y observaciones acerca de la legislación vigente que rige los lugares de detención.

¿CUALES SON LAS OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES PARA COLABORAR CON EL MNPT?.- 1.- Autorizar el acceso a todos los lugares de detención bajo su responsabilidad, a sus instalaciones y servicios. 2.- Proporcionar información acerca del número de personas privadas de la libertad, del trato que les brinden y de las condiciones de su detención. 3.- Permitir entrevistas con los detenidos, sin testigos. 4.- Examinar las recomendaciones del MNPT y establecer un diálogo con sus representantes, acerca de las posibles medidas para su atención.

¿QUE SITUACIONES CONSTITUYEN TORTURA O MALOS TRATOS EN CONTRA DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD?.- 1.- Golpes, insultos, amenazas, etcétera. 2.- Obligarlas a proporcionar información o declarar en su contra mediante golpes, amenazas o intimidación. 3.- Impedirles la comunicación telefónica o escrita, así como recibir visitas de familiares y defensores. 4.- negarles atención médica y los medicamentos que requieren. 5.- Negarles alimentación o proporcionarles comida en malas condiciones. 6.- Alojarlas en instalaciones que carezcan de cama o servicio sanitario con suministro de agua, que estén obscuras, sin ventilación o sucias.

¿QUE BENEFICIOS BRINDA EL MNPT?.- 1.- PREVIENE actos que atenten contra la integridad física y mental de las personas privadas de la libertad. 2.- PROCURA el respeto a la legalidad. 3.- IMPULSA el mejoramiento de las condiciones de alojamiento para garantizar una estancia digna. 4.- FOMENTA la capacitación de las autoridades a fin de prevenir violaciones a los derechos humanos. 5.- PROMUEVE la satisfacción de las necesidades de las personas con requerimientos específicos en los lugares de detención. FORTALECER LA PROTECCION DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y EL PLENO RESPETO DE SUS DERECHOS HUMANOS ES RESPONSABILIDAD DE TODOS (t. del t. mnpt).