Admiten amparo contra reemplazamiento en Nayarit

* Reclaman la inconstitucionalidad de la Ley de Ingresos 2016, que marca diversas tarifas por las placas nuevas. Citan como autoridades responsables al Congreso del Estado, gobernador de Nayarit y Secretaría de Finanzas.

12 / Enero / 2016

Por Oscar Verdín Camacho

El viernes ocho de enero, un Juzgado de Distrito en Tepic admitió el número de amparo 40/2016, en contra de la Ley de Ingresos para el Estado de Nayarit que marca el cuestionado reemplazamiento en vehículos para el presente año.

El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo hizo pública la aceptación del juicio, a nombre de Yasmín González García y en contra del Congreso del Estado, el gobernador de Nayarit como titular del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Administración y Finanzas, así como la dirección General de Ingresos de la misma dependencia.

Tal juicio es impulsado por la Comisión Municipal de Derechos Humanos de Tepic. De hecho, el presidente y el secretario del organismo protector, Édgar Nayar Cárdenas Hernández y Emmanuel Medina González, respectivamente, aparecen como representantes de la quejosa.

La base del juicio de garantías es simple: se reclama que la Ley de Ingresos en su artículo 33, fracción IV, incisos a, b, c, d, e, presenta diferentes tarifas por las placas nuevas, según se trate de un vehículo particular, de servicio público o motocicleta, por citar unos ejemplos, y que es violatorio de la Constitución puesto que las autoridades realizan en uno y en otros casos el mismo trámite.

es incuestionable que las autoridades responsables, al establecer, poner en vigencia y cobrar, respectivamente, una tarifa diferente por la ejecución del mismo servicio –dotación de placas- y, en consecuencia, hacer que algunos contribuyentes enteren mayor cantidad en dinero que otros con fundamento en elementos extraños al servicio ejecutado, vulneran tanto el artículo 1º como el artículo 31fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que otorgan un trato desigual a personas que se encuentran en una situación análoga, se explica en el documento.

El Juzgado de Distrito reveló que ha solicitado un informe sobre el asunto a las autoridades responsables. La audiencia constitucional la ha fijado para el tres de febrero.

Para la admisión del juicio fue necesario que Yasmín González García cumpliera con el respectivo pago de las placas nuevas –con lo que se materializó el daño-, lo que hizo en la primera semana de enero.

Ante el juez federal, González señaló que en las oficinas de recaudación del Gobierno del Estado, ubicadas en las instalaciones de Tránsito, pretendió pagar únicamente el impuesto por la tenencia, pero empleados estatales le explicaron que el pago por separado no era posible porque el sistema instalado no lo permitía, por lo que debió cubrir tanto tenencia como placas en una sucursal del banco Santander.

Cabe señalar que pagué ambas contribuciones en contra de mi consentimiento, ya que sólo pretendía pagar el impuesto a la tenencia, pues esta última constituye, estrictamente, una obligación fiscal en la que no debe mediar mi consentimiento o solicitud previa para su pago, tal y como sí debe hacerse para el caso de los derechos, pues en estos últimos el contribuyente debe requerir la prestación de un servicio por parte del Estado, se insiste en el documento presentado ante el juzgado federal.

Emmanuel Medina sintetizó aún más el asunto, a este reportero: detalló que es como cuando las personas solicitan un acta de nacimiento en una oficina del Registro Civil. No porque a las actas se les dé un uso diverso se van a tener tarifas distintas, puesto que en todas las actas el Estado cumple con la misma tarea para su expedición, ni más ni menos.

Y eso es lo que se plantea al Juzgado de Distrito: la inconstitucionalidad de varias tarifas en la Ley de Ingresos 2016 por el reemplazamiento, puesto que en todos los vehículos con placa estatal se hará la misma operación.

Cabe añadir que el presente amparo, en el supuesto de que fuera concedido de fondo, únicamente beneficiaría a Yasmín González García, a quien tendrían que regresarle el equivalente al pago efectuado por las placas de su vehículo.

Es decir, si otras personas buscan tramitar amparos, primeramente tendrían que cumplir con el respectivo pago para acreditar el daño causado. La Comisión Municipal de Derechos Humanos ofrecería asesoría legal por ello.

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