Integran 299 especialistas el padrón de peritos autorizado por el Consejo de la Judicatura

02 / Marzo / 2018

Por acuerdo del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Nayarit, que preside el magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto, a partir de este jueves y durante un año tendrá vigencia el Padrón de Peritos y Auxiliares de la Administración de Justicia, integrado por 299 personas autorizadas para intervenir, si es necesario, en algún juicio en trámite en dicha institución.

En su tercera sesión extraordinaria, el Consejo de la Judicatura aprobó el padrón que incluye a expertos en diecisiete áreas de conocimiento, entre ellos 65 traductores intérpretes y 58 especialistas en criminalística, balística, documentoscopía, dactiloscopía, fotografía, grafoscopía, grafología y metalografía, así como 49 arquitectos, ingenieros o topógrafos y 33 peritos valuadores.

También forman parte del padrón dieciocho psicólogos, dieciséis especialistas en medicina legal y responsabilidad médica, trece en tránsito terrestre, diez en contabilidad, nueve en ingeniería eléctrica, seis en genética, cinco en medicina forense e igual número de médicos generales.

Cinco personas más fueron registradas como especialistas en lofoscopía, que es el estudio de los dibujos lineales que se presentan en la cara, así como en los bordes de las manos y los pies de todo ser humano, y se emplea con fines de identificación. Adicionalmente, forman parte del padrón tres especialistas en agronomía, dos en trabajo social, un médico veterinario y un experto en análisis de voz.

La secretaria de Acuerdos del Consejo de la Judicatura, Dora Lucía Santillán Jiménez, precisó que el listado en mención tendrá vigencia del 1 de marzo de 2018 al 28 de febrero de 2019.

Cabe señalar que los peritos y auxiliares de la administración de justicia no son empleados del Poder Judicial y en los asuntos no penales sus honorarios son cubiertos por alguna de las partes del juicio en que intervengan a solicitud del correspondiente órgano jurisdiccional; solo en los casos en que el juez o la jueza deban designar un tercero en discordia, los honorarios serán cubiertos por la mencionada institución pública.