Rancho El Sueño, de Roberto Sandoval, seguirá asegurado; juez le niega suspensión definitiva

25 / Abril / 2018

Por Oscar Verdín Camacho

Un aparente error de la defensa del ex gobernador Roberto Sandoval Castañeda habría desencadenado que se le negara la suspensión provisional, primero, y ahora la suspensión definitiva, a propósito del aseguramiento de 58 hectáreas ubicadas en el ejido Aután, municipio de San Blas, así como el colindante rancho El Sueño.

Y es que Sandoval Castañeda solicitó al Juzgado Primero de Distrito de Amparo Penal la suspensión provisional, y después la definitiva, pero luego de que una agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado (FGE) materializó el aseguramiento, el pasado 12 de abril.

Es decir, extrañamente ambas suspensiones no fueron solicitadas cuando se interpuso el número de amparo 304/2018.

Por ello, este martes 24, Oscar Javier Mendoza Altamirano, titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Penal en Nayarit, explicó así su resolución:

se niega la suspensión definitiva únicamente respecto del acto consistente en la orden de aseguramiento ministerial del predio que perteneció al lote número tres, del fraccionamiento de Navarrete, municipio de San Blas, Nayarit, ya que al mismo le reviste el carácter de consumado y contra estos actos resulta improcedente conceder la medida cautelar, ya que de hacerlo se darían efectos restitutorios que son propios de la sentencia que se dicte en el juicio principal de donde emana este incidente, pues la concesión de la suspensión actúa desde el momento mismo en que se otorga hacia el futuro, pero de ninguna manera al pasado, toda vez que lo ya consumado, no puede ser objeto de medida cautelar alguna, pues de concederse la misma se darían los efectos restitutorios aludidos.

Y más adelante, el juez federal abundó:

Ahora bien, por lo que respecta a las consecuencias específicas de la orden de aseguramiento reclamada, se niega al quejoso Roberto Sandoval Castañeda, la suspensión definitiva, toda vez que si bien la parte quejosa acreditó con copia certificada del contrato provisional de compraventa, certificado por el titular de la Notaría Pública número Ocho, de la Primera Demarcación Territorial, con sede en Tepic, Nayarit, lo que demuestra el interés jurídico que le asiste para solicitar la medida cautelar que nos ocupa, también lo es que, de concederse se contravendrían disposiciones del orden público y se causaría perjuicio al interés social, e incluso se actualizaría la hipótesis de improcedencia de la suspensión contenida en el párrafo tercero de arábigo 128 de la Ley de Amparo, dado que el aseguramiento reclamado es una técnica de investigación decretada por una autoridad administrativa que se encuentra en ejecución, derivada de una medida cautelar como es la orden de cateo ()

De igual forma, de acuerdo con lo informado por la autoridad ministerial responsable, dicha orden de aseguramiento, derivó de la carpeta de investigación NAY/TEP-III/31/18 del índice de la Agencia del Ministerio Público adscrita a la Unidad de Investigación Especializada en Delitos Cometidos por Servidores Públicos, con residencia en esta ciudad, en la cual consta la diligencia de aseguramiento reclamada y que el mismo tuvo su origen en la orden de cateo autorizada por el Juez de Control adscrito al Juzgado Especializado del Sistema Penal Acusatorio y Oral.

La negativa de la suspensión provisional no significa que el ex gobernador haya perdido el amparo de fondo, sino que el citado inmueble continuará asegurado; de hecho, la audiencia constitucional del juicio está programada para el 21 de mayo, aunque inicialmente había sido fijada para el 20 de abril.

Roberto Sandoval es investigado por su probable responsabilidad en el delito de enriquecimiento ilícito.

Cabe mencionar, como ya lo ha citado este reportero, que en otros aseguramientos de inmuebles vinculados con la misma investigación, el juzgado federal concedió el levantamiento de los sellos una vez que se ofrecieran diversas garantías económicas.