Mientras por un lado el ex trabajador de la Coca-Cola, Isidoro Hernández Florentino continúa con una demanda laboral con la intención de recuperar su trabajo, la embotelladora mantiene un juicio civil en su contra, exigiéndole el pago de 26 mil pesos por presuntas pérdidas en la elaboración del refresco.
En el Juzgado Primero Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), se ventila el número de expediente 554/2009, formulado por abogados de la Coca-Cola en contra de Isidoro Hernández.
En síntesis, en la demanda se culpa a Hernández de haber generado pérdidas por unos 26 mil pesos, durante un paro del embotellado del refresco, que duró unos minutos, en mayo del año pasado.
Tal medida, se conoce, fue producto de la molestia de trabajadores por el raquítico pago de utilidades que se les acababa de entregar.
Según datos recogidos, en el Juzgado Civil hay una protesta de abogados de Isidoro que reclaman la falta de personalidad por parte de quienes se ostentan como representantes de la Coca-Cola.
REABREN DEMANDA LABORAL
En junio reciente, el Segundo Tribunal Colegiado concedió un amparo a Isidoro Hernández, en contra de un fallo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que se pronunció en contra de que fuera reinstalado como trabajador de la Coca-Cola, dictando un laudo para que se le indemnizara conforme a la ley.
De acuerdo con la sentencia en el amparo directo laboral 154/2010, la Junta Federal de Conciliación, donde se reabrió el expediente 698/2009, deberá respetar el fallo en lo que se refiere a varios puntos, como los siguientes: la condena a la Coca-Cola por el pago de premios de 13 mil pesos, más 10 mil por años de servicio.
También deberá respetarse lo relacionado con unas cuotas extraordinarias retenidas ilegalmente al trabajador, e igualmente lo que se refiere al pago por la prima vacacional, aguinaldo, fondo de ahorro y pago de despensa del año 2009.
La petición de Isidoro para que comparecieran Antonio Echevarría Domínguez y su esposa, la diputada federal Martha Elena García Gómez, no fue aceptada por el Tribunal Colegiado.
El fallo de la autoridad federal se refiere a 10 personas, cuyas declaraciones deberán recabarse, entre otras razones, con el objeto de demostrar hechos que dieron origen al acta administrativa de seis de junio de dos mil nueve, instaurada contra el trabajador actor del natural, así como para probar las circunstancias que dieron origen al paro de labores en la fuente de trabajo y que redundó en la rescisión de la relación laboral.
De igual forma se deberá realizar la inspección a la bitácora de producción en la fuente de trabajo, con el objeto de demostrar que el paro de labores no le ocasionó daños o perjuicios económicos a la empresa.
Igualmente, se efectuará la inspección a la nómina del trabajador, con el fin de demostrar el salario que diariamente percibía.
El Tribunal Colegiado pidió a la Junta Federal que con plenitud de jurisdicción continúe la secuela procesal hasta dictar el laudo que en derecho corresponda.