Alejandro Villalbazo y compañía exhiben su incapacidad como consejeros de la Junta Distrital 03 del IFE

28 / Mayo / 2012

Compostela.- (Por Pedro Avalos Arcadia)—El Consejero propietario de la Junta Distrital 03, Alejandro Villalbazo Franco, peca de ingenuo ante la opinión pública al querer imponer su criterio en cuanto al desempeño que deben llevar las campañas electorales federales y prohibir instalación de propaganda política en vehículos de transporte y anuncios espectaculares en base a un acuerdo suscrito ante dicho órgano electoral y con ello dejar sin efecto el artículo 236 del COFIPE, a fin de beneficiar a los candidatos del PRD


Según conocedores en la materia, dicho acuerdo no solo violenta la derechos de los demás partidos políticos, sino que exhibe la incapacidad intelectual de Villalbazo Franco al igual que a sus compañeros Teresa Martínez Grageola, María Arcelia Núñez Sualez, ya que el citado acuerdo no tiene jurisprudencia alguna para sancionar a partidos por la instalación de propaganda política en vehículos o anuncios espectaculares, sin embargo se toma como privación de derechos que violenta los principios de certeza y legalidad y excede los límites previstos constitucional y legalmente para la fijación de propaganda

En pocas palabras no hay base jurídica sustentable para tipificar la colocación de propaganda en espectaculares, máxime si se estima que un acuerdo como el que señala el imberbe llamado Alejandro Villalbazo Franco, no debe rebasar, ni puede imperar sobre los preceptos legales que si facultan su instalación y que ante ello es necesario que Villalbazo y compañía lean el artículo 236 del COFIPE, pues de no hacerlo seguirán siendo el hazme reír del electorado al declarar sandeces que están fuera del contexto electoral.


Por esa razón las declaraciones de Villalbazo son ladridos a la Luna, pues es inadmisible que un acuerdo restrinja la colocación de propaganda política, cuando la Ley no lo hace, además la supremacía de esta relega a segundo plano cualquier acuerdo de la naturaleza que sea


Por lo anterior no hay desacato por parte de los partidos políticos en torno al acuerdo suscrito con la Junta Local del Distrito 03; pues el colaborador del dirigente estatal del PRD, debe entender que un acuerdo no puede rebasar la supremacía de los preceptos legales que si facultan la instalación de propaganda y que ante ello nada podrán hacer aquellos que buscan obstaculizar el buen desempeño del trabajo que realiza la Junta Distrital 03 del IFE con cabecera en Compostela en pos de la equidad y de la democracia durante los procesos electorales.