Sala Constitucional-Electoral resolvió las últimas impugnaciones de los partidos políticos

08 / Agosto / 2014

La Sala Constitucional-Electoral del Poder Judicial de Nayarit que preside el magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto declaró concluido el proceso electoral 2014 en lo que respecta a la elección de diputados locales, tras emitir este jueves las restantes resoluciones sobre los respectivos medios de impugnación promovidos por ciudadanos o partidos políticos.

A tres horas de haber iniciado la trigésima segunda sesión pública de la mencionada sala y previo a la declaratoria de clausura, Enríquez Soto indicó que los cinco magistrados de dicho cuerpo colegiado han procedido respecto de dichas impugnaciones con exhaustividad y con apego a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

Respecto de las resoluciones de esta fecha, dijo que si lo consideran pertinente, las partes que no estén conformes tienen el derecho de recurrir a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Ante numeroso público en el salón de sesiones Prisciliano Sánchez Padilla, resolvieron un juicio de inconformidad del Partido Acción Nacional con la asignación por el Consejo Local Electoral de diputados de representación proporcional a la Coalición Por el bien de Nayarit, sin atender lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución federal, que impone límites a la sobrerrepresentación.

Al respecto, los magistrados coincidieron en que la citada disposición constitucional está vigente desde el 10 de febrero de 2014 pero en Nayarit no es aplicable al actual proceso electoral, que inició previamente el 7 de enero con distintas reglas del juego democrático. La mencionada norma de la Constitución federal tendrá en nuestro territorio eficacia diferida, añadieron, y en consecuencia confirmaron la asignación de diputaciones por dicho principio, realizada por el Consejo Local Electoral.

También en forma unánime, la Sala Constitucional-Electoral declaró infundados e inoperantes los agravios presentados por la Coalición Por el bien de Nayarit respecto de la elección de diputados de mayoría relativa en el Distrito XVII, correspondiente a Tecuala, por causales de nulidad de votación en casillas de ese municipio. En consecuencia confirmaron la validez de la elección y las respectivas constancias expedidas en favor de los candidatos a diputados propietario y suplente del Partido de la Revolución Democrática.

Más tarde resolvieron la impugnación de Rosario Angélica Cambero Valenzuela por la expedición de constancia de diputado de representación proporcional a Manuel Bernardo Carbonell Ortega, por el partido Movimiento Ciudadano, de quien consideró que no es elegible.

Sobre los argumentos de presunta inelegibilidad de Carbonell, los magistrados coincidieron que en el respectivo expediente no existieron los elementos de convicción necesarios para demostrar que dicha persona no cumple los requisitos para ser elegido como diputado, entre ellos el de haber nacido en Nayarit, y en todo caso dicha inconformidad debió plantearse ante el órgano electoral correspondiente en la etapa de preparación del proceso electoral, cuando su partido solicitó su registro como candidato, lo cual sucedió en mayo.

En concreto sobre un acta de nacimiento presentado por el Movimiento Ciudadano en ocasión del registro de dicha persona, en el proyecto de resolución se indicó que competía a la actora demostrar que ese documento era nulo en los términos que marca la jurisprudencia, en otras palabras que existía un acta de nacimiento anterior a dicho registro o en su caso que por determinación judicial existió una declaratoria en tal sentido, y no pudo demostrarlo.

Rosario Angélica Cambero Valenzuela, lo mismo que José Rodrigo Ramírez Mojarro, también impugnó la modificación de la lista de candidatos a diputados de representación proporcional por el Movimiento Ciudadano y en los dos casos los magistrados estimaron infundados los agravios.

Por otra parte, la Sala Constitucional-Electoral también consideró inoperantes los agravios de los ciudadanos Elsa Nayeli Pardo Rivera y Héctor Ampelio Sida Vargas contra la asignación de diputaciones de representación proporcional a María Felícitas Parra Becerra y José Ramón Cambero Pérez, del Partido Acción Nacional, por lo cual confirmaron el acuerdo tomado el 14 de julio por el Consejo Estatal Electoral.

La Sala Constitucional-Electoral es integrada por los magistrados Pedro Antonio Enríquez Soto (presidente), Ismael González Parra, Raúl Gutiérrez Agüero, José Miguel Madero Estrada y Rafael Pérez Cárdenas; el secretario de acuerdos es el licenciado Gabriel Gradilla Ortega.