Controversia del Poder Judicial vs Consejo de la Judicatura Federal

*Se trata de un añejo problema en que jueces federales tratan como subordinados a los jueces locales, a quienes no sólo solicitan que cumplan con diligencias de sus expedientes, sino que los aperciben con multarlos o incluso dar vista al agente del Ministerio Público Federal si incumplen con la petición.

25 / Agosto / 2014

Por Oscar Verdín Camacho

Una controversia constitucional presentada por el Poder Judicial del Estado de Nayarit, en contra del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial Federal, en caso de ser favorable sentaría un precedente en el país respecto a la relación entre los juzgados de Distrito y los jueces estatales.

Se trata de un añejo problema en que jueces federales tratan como subordinados a los jueces locales, a quienes no sólo solicitan que cumplan con diligencias de sus expedientes, sino que los aperciben con multarlos o incluso dar vista al agente del Ministerio Público Federal si incumplen con la petición.
De acuerdo con el magistrado presidente del Poder Judicial, Pedro Antonio Enríquez Soto, un estudio elaborado en el año 2011 arrojó que juzgados locales efectuaron en todo el estado seis mil 957 diligencias de juzgados de Distrito, lo que arrojó un costo aproximado de tres millones 200 mil pesos, sin contar con el tiempo invertido de los empleados judiciales.
El Poder Judicial de Nayarit solicitó al Consejo de la Judicatura Federal el pago de esa suma, lo que fue negado y motivó entonces la controversia 01/2012 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La ponencia recayó en la ministra Olga Sánchez Cordero.

Enríquez Soto detalla el asunto:
El problema es que todas las diligencias que salen del domicilio del juzgado federal, nos la encomiendan a nosotros, desde notificar un testigo en la sierra o la costa, hasta ordenarnos que desahoguemos diligencias de declaraciones en algún juzgado. Hasta ahí todo estaría bien en un afán de colaboración, pero el problema es que nos dan 24 horas para hacer una diligencia donde tenemos que rentar una avioneta o una lancha, o la gente tiene que ir a pie o a caballo por el difícil acceso, y todo eso tiene un costo para el Poder Judicial del Estado.

Pero además, añade el magistrado, existe la amenaza de que si no lo haces, te impongo multa y en algunos casos vistas al Ministerio Público Federal.
Frente a ello, el Poder Judicial planteó el asunto ante el Consejo de la Judicatura Federal porque la chamba que te sacamos, tiene un costo muy alto para nosotros. En 2011 les hicimos seis mil 957 diligencias, lo que en promedio, considerando gasolina y viáticos, nos arrojó aproximadamente tres millones 200 mil pesos, sin incluir el costo de trabajo invertido porque nuestro notificador deja de hacer su trabajo ordinario para ir a atender una diligencia de ellos, y precisamente por temor a la amenaza.

Frente a la negativa del Consejo de la Judicatura Federal para cubrir la suma indicada, el Poder Judicial del Estado interpuso la controversia constitucional.

El Estado no tiene por qué soportar esa carga porque si tienen juzgados de Distrito en Nayarit, se supone que tienen jurisdicción en todo el estado, pero no a costa nuestra. El segundo planteamiento que hacemos a la Suprema Corte es que en esta relación de trabajo nuestros jueces no son subordinados de los jueces federales, y tan importante es el trabajo y los expedientes de unos, como también de los otros. Tan jueces son ellos como jueces somos nosotros. Tenemos competencias distintas, entonces no pueden ponernos plazos ni amenazarnos, pretendiendo multar o dar vista al Ministerio Público.
Según el magistrado, la gota que derramó el vaso se produjo cuando un juez de San Blas fue requerido para cumplir una diligencia en un poblado cerca de Jalcocotán, a lo que respondió que no tenía personal para ello y que además el pueblo está más cerca de Tepic que de San Blas.

Y entonces el juez federal contesta: ‘no te estoy pidiendo opinión, te estoy ordenando que lo hagas y si en esta vez no lo haces, le doy vista al Ministerio Público Federal. Fue cuando intervenimos para mediar el conflicto, pero haciendo este planteamiento a la Corte.

Enríquez recordó que en varias ocasiones jueces estatales pidieron a jueces de Distrito asignados a la prisión federal El Rincón que, en vías de colaboración, les apoyaran realizando diligencias relacionadas con reos ahí recluidos.
Ya te has de imaginar lo que respondieron: ‘qué te traes, tú eres un juez inferior, no podemos atender a tú petición’. Todo eso lo acompañamos como evidencia, pero la evidencia mayor es lo que ocurrió en San Blas, donde el acuerdo dictado fue bastante grosero.

La controversia constitucional es la primera en su tipo que se presenta a iniciativa de un Poder Judicial de un Estado, señala Pedro Antonio Enríquez.

Todos lo padecemos –en el país-, pero el planteamiento no se había llevado a este nivel. Esto no tiene nada que ver con los juicios de amparo, donde nos colocamos como autoridad responsable y vinculados a cumplir. Es un tema de cobertura jurisdiccional; si los estados con nuestros recursos limitados damos cobertura en todo el estado, el Poder Judicial Federal debe garantizarla en todo el país.3