La leyenda Juan Yera gana amparo por medicina y para comer en el Rincón

* Un juez de Distrito concede la protección de la justicia federal para que se le proporcione la debida insulina, alimentos blandos y una prótesis dental completa.

19 / Noviembre / 2014

Por Oscar Verdín Camacho

El Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic concedió un amparo a favor de Celestino Núñez Medrano, con la finalidad de que en la prisión federal El Rincón, donde se encuentra recluido, se le proporcione alimentación blanda y el medicamento que requiere por su condición de diabético, así como una prótesis dental completa puesto que, a sus 76 años, es desdentado total.

El nombre de Celestino Núñez Medrano es un alias del legendario Juan Yera Alatorre, según lo reveló el 26 de enero del 2012 la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado, ahora Fiscalía. Un día antes había sido detenido junto a otro individuo en presunta posesión de armas de fuego.
Con motivo del padecimiento de diabetes y por tener más de 70 años, en enero del 2013 –según confirmación de la delegación en Tepic de la Procuraduría General de la República (PGR)- se conoció que el Segundo Tribunal Unitario en Tepic le decretó la reclusión domiciliaria, aunque continuaría a disposición del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales.

Sin embargo, Núñez Medrano y/o Yera Alatorre habría incumplido con las reglas indicadas por el Juzgado de Procesos Penales, lo que originó su reaprehensión.

VULNERAN CONSTITUCIÓN
En el número de amparo 263/2014 que resolvió el juez de Distrito Rogelio Alberto Montoya Rodríguez, el quejoso reclamó de las autoridades penitenciarias de El Rincón –director, área administrativa, de servicios médicos y de producción de alimentos-, que no le proporcionaran debidamente el medicamento de insulina que requiere, una alimentación blanda por su condición de diabético, una prótesis dental completa y una plantilla especial para el pie izquierdo.

La plantilla ortopédica fue la única por la que no se le concedió amparo, dado que no era parte de una prescripción médica, según fue explicado. Por lo demás, el juez federal Rogelio Alberto Montoya resolvió:

Es claro que las autoridades penitenciarias vulneran la garantía prevista en el artículo 4º Constitucional, pues no ha otorgado el debido cumplimiento a su deber de proporcionar la alimentación establecida, medicamento y prótesis dental total.

De esta manera, la actitud omisa de las autoridades responsables en atender los postulados de los preceptos citados, hace más grave el avance del padecimiento médico que presenta el interno, lo que se traduce en una directa afectación a su salud sin justificación alguna, haciendo nugatorios los derechos del interno.

Es más, el derecho a la salud previsto por el arábico 4º Constitucional, ha sido completado con tratados internacionales en materia de derechos humanos del que el Estado Mexicano forma parte.
Hasta hace unas semanas, el amparista reclamó que aún no se cumplía totalmente con la resolución del amparo.

El nombre de Juan Yera se asocia con la región de San Luis de Lozada en el municipio de Tepic, y una amplia área del de Santa María del Oro.

A principios de los años 90, más de 10 de sus familiares fallecieron durante una emboscada en una brecha del ejido San Luis de Lozada.

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