Dan luz para reubicar comerciantes ambulantes del Seguro Social

* Sala Constitucional-Electoral sobresee juicio de decenas de comerciantes porque no acreditaron interés jurídico.

12 / Agosto / 2015

Por Oscar Verdín Camacho

El juicio de decenas de comerciantes ambulantes que durante años se han instalado afuera del hospital 1 del Seguro Social en Tepic, por la avenida Insurgentes, fue sobreseído por la Sala Constitucional-Electoral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), por lo que seguramente presentarán un juicio de amparo en las próximas semanas.

El fallo parece dar la razón al Ayuntamiento de Tepic, que pretende la reubicación de los citados comerciantes para dejar libre la banqueta y el acceso al más importante hospital del Seguro Social en el estado, petición que el propio Instituto ha oficializado.

NO ACREDITAN INTERÉS
La sentencia del magistrado instructor Raúl Gutiérrez Agüero basa el sobreseimiento en la falta de interés jurídico de los comerciantes ambulantes. Lo explica:

Así, del análisis de las constancias que integran el presente sumario, los impugnantes no acreditan con medio de convicción alguno el interés jurídico que les asiste en la presente litis, es decir, los justiciables en sus escritos iniciales de demanda, ni hasta antes del dictado de la resolución, no acreditaron contar con el permiso otorgado por la autoridad municipal correspondiente para llevar a cabo la actividad de comercio ambulante, por tanto al no contar con el documento idóneo que autorice su funcionamiento no se acredita el interés jurídico, por no engendrar la titularidad de ese derecho.

Entenderlo como lo pretenden hacer valer los actores, respecto de las testimoniales hechas ante notario público, respecto a la actividad que desempeñan de comerciantes ambulantes, sería tanto como constituirles derechos, dejando de lado la potestad que tiene la autoridad administrativa para regular el mismo.

En ese sentido, el magistrado Gutiérrez Agüero determinó el sobreseimiento del juicio, por lo que resultó innecesario estudiar el reclamo de fondo de los ambulantes: lo que ellos llaman desalojo, en tanto que el ayuntamiento manifiesta que es una reubicación.

Puesto que los citados comerciantes cuentan con una suspensión, podrán permanecer afuera del Seguro Social mientras no quede firme la sentencia de la Sala Constitucional. En los próximos días seguramente interpondrán amparo ante un Tribunal Colegiado.

La resolución podría representar un adelanto respecto a otros grupos de comerciantes ambulantes que operan en similares condiciones a los del Seguro Social.