El caso Luis Ángel: gana amparo a unos días de morir

* Se sienta precedente en materia de salud: conocida la difícil situación económica de la familia del joven, se resolvió la obligación del Estado para la aplicación gratuita de las sesiones de hemodiálisis y los estudios que fueran requeridos.

07 / Junio / 2016

Por Oscar Verdín Camacho

Hay como un sentimiento extraño, un ambiente mágico en la vida y en la muerte de Luis Ángel Mendoza Rosales, un joven de 22 años.

Desde los tres años padeció insuficiencia renal, una situación complicada en los riñones, y en el último año se le aplicaban tres sesiones de hemodiálisis cada semana.

Hay, también, como una sensación de coincidencia en el tiempo, algo así como que no se permitiría morirse antes, sino que, si el deceso se acercaba y ya era irremediable, debía aguantar y llegar cuando menos a la última semana del mes de mayo, puesto que el lunes 30 se celebraría una audiencia de amparo con su nombre.

Y ahí está el momento mágico: ese aferrarse a vivir –sin saber de la audiencia- porque de lo contrario el amparo sobreseería. Y ahora ha sido concedido, aunque él ya no esté físicamente.

Hay además, comenta el abogado Alfonso Nambo Caldera, que promovió el juicio de amparo, otra coincidencia: la muerte de Luis Ángel fue a horas de diferencia del anuncio en Tepic del presidente Enrique Peña Nieto, por una mayor cobertura del Seguro Popular para millones de mexicanos.

Alfonso Nambo observa un gesto noble en el caso Luis Ángel: se sienta precedente para que otras personas en situación de dificultad económica o no inscritos en el Seguro Social, ISSSTE u otras instituciones de salud, recurran al amparo y el Estado sea obligado a ofrecer la atención médica, en este caso de hemodiálisis, sin costo alguno.

SESIONES GRATUITAS

Rogelio Alberto Montoya Rodríguez, juez Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo, describió el estudio socioeconómico del amparista: estudiante de preparatoria, dependiendo económicamente de su mamá, empleada en una lonchería, y de un hermano, trabajador en una tienda. De las aproximadamente 12 sesiones de hemodiálisis mensuales que debía recibir, cuatro le eran condonadas, pero las otras ocho representaban un desembolso de nueve mil 200 pesos. Era una suma imposible.

de ahí que se reitere, que el pago de dicha prestación médica le resultaría excesiva, provocando con ello que no se le dé la atención respectiva y poniéndose en peligro su vida ante la falta del servicio que le fue ordenado se le practique, vulnerándose con ello el derecho a la salud que debe estar garantizado y protegido por los Servicios de Salud de Nayarit (), pues el quejoso se encuentra dado de alta y afiliado en el programa de Seguro Popular

Cabe añadir que a partir de agosto del 2015 en que fue interpuesto el amparo, se concedió a Luis Ángel una suspensión de plano para que recibiera el tratamiento de hemodiálisis sin reembolso, en tanto se dictaba el fallo.

La sentencia explica la responsabilidad que comparten el Estado, la sociedad y los interesados en el financiamiento de los servicios médicos, es decir, no corren a cargo exclusivo del gobierno, sino que se prevén cuotas de recuperación dependiendo de las condiciones socioeconómicas de las personas, pero eximiéndose de su cobro a aquellos que carezcan de recursos para cubrirlas

En el caso, se resolvió que con los ingresos de los dos familiares de Luis Ángel, no era posible cubrir las sesiones que le fueron ordenadas al ahora quejoso; siendo que por los referidos cobros a realizar de forma obligatoria para que se le otorguen al accionante de garantías las sesiones de hemodiálisis ordenadas en su oportunidad por médico especializado en su padecimiento, la autoridad vulnera el derecho previsto en el artículo 4 constitucional, razón por la cual, en el presente caso, al no proporcionársele al quejoso el servicio de forma gratuita por parte del Instituto de Salud del Estado de Nayarit, se le vulnera uno de los derechos a la salud previstos en el dispositivo antes mencionado

Con ello, el juez federal Montoya Rodríguez concedió el amparo para que las sesiones de hemodiálisis se realicen de forma gratuita, por parte de los Servicios de Salud de Nayarit, siempre y cuando siga afiliado al programa de Seguro Popular, otorgándole de igual forma, el medicamento y estudios que se llegaren a necesitar con motivo de su padecimiento que es materia del acto reclamado, respetando en todo momento el derecho a la protección de la salud

Así, aunque Luis Ángel ha muerto, la sentencia es un precedente que pueden utilizar otras personas con padecimientos de salud y de escasos recursos.

Alfonso Nambo ha insistido que amparos como el de Luis Ángel deben masificarse, pues ello influirá para que los gobiernos de los tres niveles destinen más recursos a áreas verdaderamente importantes, como la salud.