Insiste papá de niña Isabella: debe ser llevada a Estados Unidos

* Un recurso de revisión por el caso de la menor que radica en Xalisco, confirma el panorama difícil para ella y su madre, a quien fue negada la visa y con el riesgo de ser separadas.

30 / Agosto / 2016

Por Oscar Verdín Camacho

Jaime Ávila Márquez quiere a su hija Isabella con él, en Estados Unidos. Y punto.

A través de uno de sus apoderados legales, Ávila ha presentado un recurso de revisión contra la sentencia de amparo del juez de Distrito Rogelio Alberto Montoya Rodríguez a favor de la madre Eréndira Acosta Virgen, indicando que un juez familiar debe allegarse medios necesarios para determinar si la niña, de cinco años, tendría mayores afectaciones físicas y psicológicas al ser llevada al país del norte, así como tomar medidas para que la menor tenga una opinión del asunto.

La historia en torno a la niña, contada por este reportero, es la disputa de Ávila –de padres mexicanos, nacido en Estados Unidos- y Eréndira Acosta, indocumentada nativa de Xalisco, Nayarit, quien contó que en abril del 2012 literalmente salió huyendo de Fresno, California, con sus tres menores hijos –los dos mayores no procreados con Jaime-, debido al maltrato que recibían de aquel.

Paradójicamente, el recurso de revisión de Ávila, consultado por este reportero y que será estudiado por un Tribunal Colegiado, reafirma lo narrado por Eréndira: una situación compleja para ella y su hija con escenarios posibles dramáticos: el que haya firmado un convenio para regresar con Ávila a Estados Unidos con tal de no ser separada de su hija, y llevando a sus otros dos hijos, pero luego enterarse de que le fue negada la visa por haber residido como indocumentada, además de que ya hay una sentencia en California en su contra, por la sustracción de la niña.

Incluso, Eréndira teme ir a la cárcel si pisa Estados Unidos.

De hecho, en la revisión se reclama que Acosta no tendría facultades para representar a su hija.

Implacable, en el documento de Ávila se lee:

Lo anterior es así, porque, según consta en las constancias del acto reclamado, la quejosa perdió todos y cada uno de los derechos filiales que como madre le correspondían respecto a la aludida menor, resultado de la sentencia que en su contra dictó el Tribunal competente en Fresno, California, a causa de la ilegal sustracción que cometió en perjuicio tanto de su hija Isabella Ávila Acosta como del tercero interesado.

Unos párrafos adelante, se insiste que un juez de Fresno concedió a Ávila todos los derechos sobre la niña, donde destaca la patria potestad, ya que de ella deriva la posibilidad de ejercer la legal representación de su hija ante particulares y/o autoridades.

Las líneas anteriores reafirman el por qué Eréndira Acosta no sólo ha apelado a una defensa jurídica para no ser separada de su hija, sino que ha solicitado una intervención política. ¿Y mi país, dónde está mi país?, exclamó en enero pasado en un encuentro con este reportero.

Machacante, el recurso de revisión insiste contra Eréndira:

con la restitución de la menor a los brazos de su padre (el tercero interesado), realmente se estaría privilegiando la esfera jurídica de ésta, pues no podemos olvidar que, en primer lugar, ella fue objeto de una sustracción ilegal por parte de su señora madre

De igual forma, se opone a que Isabella tenga alguna expresión del asunto, alegando que podría ser manipulada, además de que, reafirmó que se está ante un asunto juzgado con el convenio que firmaron ambas partes, aunque entonces se desconocía la negativa de la visa.

lo que sugiere el juez de amparo en cuanto a proceder a la escucha de la menor, realmente pulveriza lo actuado, especialmente al Convenio por el que concluyó el juicio porque la restitución ya fue acordada por quienes podían y debían hacerlo

Escrito en 39 páginas tamaño oficio, el recurso de revisión plantea que la contienda versa sólo sobre la restitución de la niña a Estados Unidos como país requirente, porque el objeto de la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores que rige este procedimiento, claramente establece que en los juicios y procedimientos seguidos al amparo de tal convención no se ventilarán esas cuestiones de fondo, e, incluso, se obliga a los juzgadores que conozcan a repeler cualquier planteamiento en ese sentido, dejando a salvo los derechos para hacerlos valer en la forma correcta ante la autoridad que resulte competente, es decir, en este caso Estados Unidos.

Pero ese es el problema: Eréndira no puede ingresar a ese país.

Acosta esperaría que un Tribunal Colegiado le niegue el amparo a Ávila, para que quede firme el que ella obtuvo. Y así seguir luchando por mantener consigo a su hija.

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