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LA CREME: CONSEJERAS, MAYOR TOLERANCIA ANTE LAS CRÍTICAS
Norma Cardoso
31 / Octubre / 2016
Aún con manifestaciones, las investigaciones de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales FEPADE continúan contra diversos medios de comunicación, es decir, todavía no se ha dado carpetazo; tan es así que, mientras esto no suceda, se generarán más citatorios, ello fue señalado por una de las personas que acudieron como testigos a las instalaciones de la delegación de la PGR Nayarit.
De acuerdo a lo recabado, la FEPADE dio inicio a la carpeta de investigación, número FED/FEPADE/UNAI-NAY/4001751/2016, una vez que se atendió la denuncia anónima por violencia política de género, en agravio de las Consejeras del Instituto Estatal Electoral, Irma Carmina Cortés Hernández, Claudia Zulema Garnica Pineda y Ana Georgina Guillén Solís, siendo diversos periodistas de Nayarit los indiciados.
Por primera vez en la historia del periodismo en el Estado, cinco directores de diversos medios de comunicación, fueron llamados ante la Fiscal Orientadora adscrita a la Unidad de Atención y Determinación Inmediata de la FEPADE, la licenciada Karla Elena Solís Echegoyen, con carácter obligatoria y bajo el apercibimiento de que en caso de no presentarse se haría uso de la fuerza pública, esto a fin de testificar notas publicadas en sus periódicos o transmitidas en sus noticiarios, preguntándoseles si quien la firmaba era o no colaborador o trabajador de su empresa, el por qué escribía de esa forma, si como director le decía algo en la forma en que escribía, etc.
Posteriormente, solo a algunos directores les llegó una nueva notificación para que en un término de 24 horas se remitieran de forma confidencial periódicos y grabaciones, así como el padrón de los reporteros y colaboradores que trabajaban a su cargo; señalando, además, la relación que guarda cada uno de ellos con el mismo, indicando que, en caso de no atender lo anterior se atuvieran a las consecuencias legales que esto implicaría.
Pero el término de violencia política contra las mujeres, la habíamos escuchado en casos de violencia política contra una precandidata de Guerrero, por ejemplo, o en Oaxaca, donde este delito ya está tipificado en el Código Penal de aquella entidad y no como ahora se está investigando.
La Violencia Política contra las Mujeres, son todas aquellas acciones y omisiones basadas en género, que se presentan en el marco del ejercicio de sus derechos político-electorales y que tienen por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de sus derechos políticos-electorales o de las prerrogativas inherentes a un cargo público
Hay quienes se preguntan y debaten el ¿por qué la violencia política de género o violencia política contra las mujeres la investiga y la sanciona la FEPADE? La violencia política contra las mujeres solo compete a la FEPADE, en el marco del ejercicio de sus derechos político-electorales o bien en el ejercicio de su cargo público; en caso de que no sea de la competencia de la FEPADE, puede canalizarse a otras instancias como Fiscalías Estatales y Comisiones de Derechos Humanos, entre otras.
Aquí, es menester hacer un ejercicio: ponderar los derechos de la libertad de Expresión, la Libertad de Prensa, el Derecho a Informar y el Derecho a estar informados, el derecho al interés público, la veracidad, contra el exceso expresivo de algunas notas periodísticas sobre las Consejeras del IEE; por ende, consideramos relevantes los primeros derechos que protegen el ejercicio periodístico.
El querer aumentarse el sueldo las Consejeras hasta 90 mil pesos mensuales ha dado motivos a que se hagan comentarios públicos en redes sociales y en programas de radio, ellos nada favorables. es un disgusto general esa pretensión y se deben de aguantar o tolerar.
Solo recordarles a las tres Consejeras, lo que el relator especial para la libertad de expresión de la ONU: las expresiones, informaciones y opiniones atinentes a asuntos de interés público, al Estado y sus instituciones, gozan de mayor protección bajo la Convención Americana, lo cual implica que el Estado debe abstenerse con mayor rigor de establecer limitaciones a estas formas de expresión, y que las entidades y funcionarios que conforman el Estado, así como quienes aspiran a ocupar cargos públicos, en razón de la naturaleza pública de las funciones que cumplen, deben tener un mayor umbral de tolerancia ante la crítica .