En sentencia, pide señora que delincuente nunca se le acerque

13 / Febrero / 2017

Por Oscar Verdín Camacho

Lo que parecía una audiencia más de procedimiento abreviado al que se sometió un sujeto, que aceptó su participación en un delito de robo calificado y el uso de la violencia en agravio de una señora, alcanzó otro plano cuando la mujer habló en voz baja con su asesor público. Se le veía con el impacto natural de estar en una sala oral y a unos ocho metros del agresor.

Tras unos segundos y ya en la parte final de la audiencia, el asesor de la víctima solicitó nuevamente la palabra para dejar constancia en grabación de lo que ella pedía: que el ahora condenado Octavio Aguilar no se le acerque ni a ella ni a su familia.

Sentado en el extremo opuesto de la sala y junto a sus defensores, Aguilar se mantuvo callado.

El juez de oralidad Guillermo Romero Ríos explicó que en la respectiva sentencia se especificarán aspectos como el solicitado o la advertencia de lo que implicaría si comete nuevos delitos.

Octavio fue condenado a tres años de prisión, a pagar el equivalente a 20 días de multa y una reparación del daño por 40 mil pesos, al aceptar que, temprana una noche de mediados del 2016 ingresó a un negocio en Tepic y, en compañía de un cómplice, sometieron a la comerciante, incluso atándola de manos, y luego robaron dinero en efectivo y diversos objetos.

De acuerdo con los datos ventilados en la audiencia, fue clave en la investigación para dar con el paradero de Aguilar el hecho de que el negocio cuenta con cámara de video, por lo que policía estatales obtuvieron fotografías que correspondían a él, dado que anteriormente estuvo preso.

El juez Romero Ríos efectuó varias preguntas al detenido para confirmar que entendía que acceder al procedimiento abreviado, renunciando al procedimiento ordinario, significaba aceptar que cometió el delito y la condena solicitada por la agencia ministerial. Respondió con un si.

Se le preguntó si fue obligado al procedimiento abreviado: no.

Puesto que la condena es menor de cinco años, el sujeto podría conmutar para recuperar la libertad, en caso de que no tenga pendientes otros expedientes.