El diputado presidente de la Comisión de Justicia y derechos Humanos del Congreso del Estado,, Roberto Lomelí Madrigal, dijo que en abril de 2010 presentó una Iniciativa de Ley de Atención y Protección de Víctimas del Delito para el Estado de Nayarit, debido a que en los actos violentos que se han venido sucediendo en la entidad, son muchas las personas inocentes que han sido víctimas de actos delictivos por enfrentamientos a balazos.

El también presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, manifestó que uno de los deberes del Congreso Local y del gobierno estatal en general, es la protección de los ciudadanos, pero debe ser prioridad el atender a las víctimas de los delitos en el caso particular, aún más de quienes son ajenos a los mismos.

Añadió que la Iniciativa presentada, recoge dentro de un ordenamiento todas aquellas acciones que el gobernado, al encontrarse como víctima de un delito, tenga a la mano una herramienta legal que le permita conocer y defender los derechos que le corresponden, así como las acciones que le permiten las leyes a efecto de ser restituido a la situación que guardaba antes de ser objeto de una conducta antisocial, siempre y cuando no haya pérdidas humanas, ante lo cual nada se puede hacer.

En primer término el ordenamiento que se propone –dijo- se eleva a carácter Público e interés social, ya que la materia de la misma obedece sin duda a la necesidad de que dentro del marco jurídico de Nayarit, exista un cuerpo legal que aglutine los derechos que corresponden a las victimas u ofendidos por la comisión de un ilícito.

Lo anterior –expresó- es evidente, pareciera ser que las leyes protegen a quienes no las obedecen, lo cual es contrario a la realidad, es por ello que se considera de suma utilidad la implementación del presente ordenamiento, una vez que el mismo genera condiciones sumamente ventajosas para que nuestra sociedad mitigue las consecuencia de las conductas de violencia en donde se haya sufrido consecuencias de daños físicos y hasta la pérdida de la vida.

El Diputado Lomelí Madrigal, indicó que en lo referente a los derechos de las víctimas, debemos señalar,que aun cuando se establece un catálogo de derechos a favor de las víctimas, esto en forma alguna deben entenderse como las únicas, una vez que se hace el señalamiento que las referidas tienen el carácter de enunciativas mas no limitativas.

Esto es, que las autoridades encargadas de dar cabal cumplimiento a los preceptos contenidos en el presente ordenamiento, deben velar en todo momento por salvaguardar, la salud de la víctima como valor primordial, así como sus intereses jurídicos.

Y es así –agregó- que el proyecto de Ley de atención y protección de víctimas del delito pasa desde la atención integral victimológica, la atención médica, el conocimiento puntual de las acciones jurídicas que está en condiciones de ejercitar a efecto de resarcir el disfrute de sus derechos socavados por la comisión de una conducta antisocial tipificada como delito y particularmente el apoyo económico del estado, en virtud de los daños sufridos y las condiciones en algunos casos de incapacidades o muerte.

Apuntó el legislador local priísta, que de manera clara y concisa, se regula lo referente a la atención victimológica integral, siendo ésta sujeta a principios rectores, que deben observarse por parte de quienes se encuentra dotados de las atribuciones para prestarla a los gobernados.

También informó que dada la importancia de los postulados del presente ordenamiento, resulta a todas luces necesaria la conformación de una instancia, en este caso multidisciplinaria, encargada de velar por el cumplimiento de las garantías de referencia y así en nuestro concepto, se instituye la suma de esfuerzos de todos los órganos gubernamentales que tienen competencia respecto de la atención de las víctimas u ofendidos por la comisión de un delito.

Finalmente, dejó en claro que siendo el estado el garante del bienestar de los gobernados, se constituye el denominado fondo para la Atención a las Víctimas u Ofendidos, lo que sin duda será una cuestión de suma trascendencia, para los fines que se han impuesto lograr mediante la entrada en vigor del presente ordenamiento.

No debemos ser omisos, en señalar que la instauración del fondo de referencia, no se constituye en forma alguna en una nueva carga respecto de los contribuyentes, por el contrario este se oxigena principalmente por los bienes decomisados a los delincuentes, esto es precisamente se utilizaran los recursos que por la acción del Estado, en el combate a la delincuencia, sean decomisados a quienes quebrantan la paz y orden que caracterizan la convivencia social de los Nayaritas.