Mayor igualdad y protección constitucional de los mexicanos con la nueva Ley de Amparo

*Explica el presidente del Poder Judicial del estado en ciclo de conferencias en Tepic

17 / Abril / 2013

Antes del pasado 3 de abril, cuando la justicia federal concedía un amparo contra una ley que consideraba contraria a la Constitución mexicana, sólo se beneficiaba a quien o quienes lo habían promovido; incluso, la norma declarada inconstitucional podía tener vigencia para el resto de los ciudadanos. Esto ya no deberá suceder con la nueva Ley de Amparo.

Hoy, mediante un procedimiento a cargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la norma que se declare inconstitucional será expulsada de nuestro ordenamiento jurídico y ya no podrá ser aplicada para nadie, explicó el magistrado presidente del Poder Judicial de Nayarit, doctor Pedro Antonio Enríquez Soto, al participar este martes en el ciclo de conferencias sobre la nueva Ley de Amparo que se realiza en Tepic.

En presencia de más de medio millar de abogados y estudiantes de derecho en el Museo Interactivo de la Ciencia, Enríquez Soto tuvo a su cargo la conferencia sobre la declaratoria general de inconstitucionalidad y precisó que ésta es una de las grandes aportaciones de la nueva legislación en materia de amparo; la joya de corona, dijo en su oportunidad el moderador de la conferencia, el juez de distrito Rogelio Alberto Montoya Rodríguez.

De manera didáctica y breve, el magistrado presidente del Poder Judicial de Nayarit señaló que la declaratoria general de inconstitucionalidad se funda en la crisis del principio de relatividad de las sentencias, por el cual un amparo sólo protegía a quienes tuvieron los recursos y la asesoría necesarios para promoverlo; dicho principio —agregó— no impidió la aplicación de normas contrarias a la Constitución y permitió que se acumularan trámites de amparo por causas que ya habían sido juzgadas, entre otros inconvenientes.


Aclaró que el principio de relatividad de sentencias no desapareció, pues la declaratoria general de inconstitucionalidad sólo se aplica en leyes y normas generales, salvo en las normas tributarias.


No obstante, concluyó, la declaratoria general de inconstitucionalidad forma parte sustantiva del catálogo de protección de derechos que se ha ampliado con la nueva Ley de Amparo, en beneficio de los mexicanos.


Luego de una sesión de preguntas y respuestas, la mencionada conferencia concluyó después de las siete de la noche; los asistentes fueron convocados para la tarde de este miércoles, cuando se ofrecerán otras dos conferencias sobre la nueva Ley de Amparo, específicamente con los temas Jurisprudencia y Ampliación de los derechos protectores.