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• En una disolución del matrimonio si uno de las partes oculta, transfiere o adquiere bienes a nombre de terceros, será sancionado.
25 / Junio / 2015
Tepic.- Proteger el patrimonio de las familias nayaritas ha sido tema de la agenda legislativa del Congreso del Estado de Nayarit, en razón a ello, las diputadas y diputados aprobaron reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Nayarit, con el propósito de tipificar la figura del fraude familiar.
Las modificaciones consistieron en la adición de una fracción XVII al artículo 369, así como la reforma al párrafo cuarto del artículo 370, ambos del Código Penal del Estado, en donde se señalan los elementos que constituyen dicha figura delictiva y que la misma se perseguirá solamente por querella de parte ofendida, con lo cual se busca proteger tanto al cónyuge inocente como a los hijos del matrimonio al proteger el patrimonio familiar.
En tal sentido, jurídicamente se ha tipificado como fraude familiar el hecho de que uno de los cónyuges, previo a demandar el divorcio, oculte, transfiera o adquiera bienes a nombre de terceros, con la intención de perjudicar la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio.
Con el voto afirmativo de los 30 diputados a favor de estas reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Nayarit, cuya iniciativa fue presentada por la diputada Ivideliza Reyes Hernández, la Cámara de Diputados otorga una mayor protección al patrimonio familiar, pues en primera instancia lo que se pretende es inhibir este tipo de conductas.