Resuelven magistrados del TSJ conflictos de competencia entre salas Penal y de Jurisdicción Mixta

*En sesión plenaria aprueban dotar de mayor claridad y precisión a la norma correspondiente

13 / Octubre / 2015

Hasta este lunes se dieron frecuentes conflictos de competencia entre las salas Penal y de Jurisdicción Mixta del Tribunal Superior de Justicia respecto de asuntos en que se ven afectados derechos correspondientes a la familia, adolescentes y menores.

A fin de resolver por vía normativa dichos conflictos, el pleno del Tribunal que preside el magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto aprobó la reforma al séptimo punto del Acuerdo General 01/2010, relativo a la integración, funcionamiento y competencia de las salas colegiadas y unitarias de dicho órgano jurisdiccional.
En la cuarta sesión pública ordinaria del Tribunal Superior, una comisión especial de tres magistrados presentó el correspondiente dictamen con proyecto de reforma mediante la cual se resuelve la ambigüedad del texto anterior sobre los asuntos penales en que la Sala de Jurisdicción Mixta debía intervenir cuando se involucraran derechos de menores de edad o miembros de una misma familia.

Conforme a la reforma aprobada en la mencionada sesión, el punto séptimo del mencionado Acuerdo General —punto que era de un solo párrafo— establece ahora en su segundo párrafo que la Sala de Jurisdicción Mixta es competente para conocer y resolver los recursos de apelación contra sentencias definitivas o resoluciones que tengan ese efecto, dictadas en los asuntos del ramo penal, en tratándose de delitos dolosos en los que la parte ofendida sea menor de edad o cuando el delito sea cometido por un miembro de la familia mayor de edad en contra de otro integrante de la misma, siempre y cuando cohabiten en el mismo domicilio.
Si se tratare de concurso de delitos —indica el párrafo tercero—, será competente esta sala, cuando resulten afectados los intereses o la integridad de un menor de edad.

Finalmente, el cuarto párrafo indica que asimismo, cuando exista conexidad de delitos, será competente para conocer del recurso planteado la Sala de Jurisdicción Mixta. Lo será, igualmente, en aquellos asuntos en que concurran pluralidad de sujetos pasivos tanto menores como mayores de edad.

Mediante la reforma aprobada por el Tribunal Superior se evitarán conflictos de competencia que sobre todo implicaban la inversión de tiempo de personal que ahora se dedicará a resolver de fondo los asuntos que se someterán a su consideración, a fin de contribuir a una justicia pronta y expedita.

En otros puntos abordados este lunes en el salón de sesiones Prisciliano Sánchez Padilla, el pleno del Tribunal Superior conoció de las salas que lo integran los informes de actividades del trimestre julio-septiembre de 2015, así como la presentación y análisis de la estadística trimestral de la Unidad de Amparos del Poder Judicial de Nayarit.

La sesión de referencia fue transmitida en vivo por internet a través de la página www.tsjnay.gob.mx.